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Enviado por   •  27 de Marzo de 2015  •  755 Palabras (4 Páginas)  •  118 Visitas

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UNIVERSITARIA AGUSTINIANA

DERECHO LABORAL

GRUPO 01

ACOSO LABORAL

BOGOTA

2014  

LEY 1010 DE 2006

Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo.

Esta ley tiene por objeto definir, prevenir, corregir y sancionar diversas formas en las cuales el trabajador se ve en condición de maltrato, ultraje a su dignidad humana. Esta ley cobija protegiendo a varios bienes jurídicos los cuales son: el trabajo en condiciones dignas, libertad, intimidad, armonía y un buen ambiente en la empresa en la cual se ejerza el cargo. Esta ley no ampara a aquellos contratos en los cuales se prestan servicios ya que no hay una relación de jerarquía.

El acoso laboral se puede dar en distintos aspectos y varias definiciones las cuales se llega al fin de causar un perjuicio laboral sobre los trabajadores: maltrato, persecución, discriminación, entorpecimiento, inequidad y desprotección laboral. Entre estas acciones se encuentran causas las cuales se tendrán en cuenta como conductas atenuantes y así mismo se podrá encontrar circunstancias relevantes como lo son ejecutar la conducta valiéndose de un tercero o cuando en la conducta desplegada se logre causar un daño en la salud física o psíquica del sujeto pasivo.

Los sujetos activos según la ley 100 son todas aquellas personas naturales que sean jefes, líderes, director, supervisor o personas que se desempeñen con mando en una empresa. Los sujetos pasivos según la ley 100 son todas aquellas personas naturales que desempeñes cargos de trabajadores o de subalternos en una empresa.

Se presumirá que hay acoso laboral si se acredita la ocurrencia repetida y de cualquier conducta hostil y atentando a la dignidad humana del empleado como lo son agresiones físicas, comentarios hostiles, expresiones injuriosas, descalificación humillante entre otras. Un sólo acto hostil bastará para acreditar el acoso laboral. La autoridad competente apreciará tal circunstancia, según la gravedad de la conducta denunciada y su capacidad de ofender por sí sola la dignidad humana y cualquier otro derecho que se tiene como persona.

Tratamiento sancionatorio del acoso laboral

Cuando esté debidamente acreditado y con las especificaciones

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