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Enviado por   •  11 de Noviembre de 2013  •  981 Palabras (4 Páginas)  •  155 Visitas

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Leyes reglamentarias, leyes punitivas

PEDRO RAMÍREZ VÁZQUEZ*

“En los casos de quien no se incorpore a los programas de regularización o no alcance un resultado suficiente en la tercera evaluación que se le practique, se darán por terminados los efectos del nombramiento correspondiente sin responsabilidad para la autoridad educativa”. Así reza el último párrafo del artículo 53, capítulo VIII De la permanencia en el servicio, título segundo de la iniciativa de Ley General del Servicio Profesional Docente.

¿Será esto lo que para el gobierno federal significa que las leyes reglamentarias de la mal llamada reforma educativa no son punitivas?

A pesar de que en la exposición de motivos de la citada ley se anota que “es injusto atribuir los bajos resultados en materia educativa a un solo factor, a los docentes”, lo cierto es que la SEP sigue pensando que somos los maestros los responsables del deterioro educativo que padece nuestro país. No son responsables los 30 años de política neoliberal que ha empobrecido a la población y abandonado a su suerte al sistema educativo. No son responsables las precarias condiciones en que se encuentran la gran mayoría de los centros escolares. No son responsables los bajos salarios que percibimos los trabajadores de la educación. No son responsables la corrupción, el chantaje y la represión que ejercen los charros sindicales para controlar el gremio. Y, desgraciadamente, pudiéramos seguir con un largo etcétera. No, los responsables son los maestros y, por tanto, es a ellos a los que hay que castigar.

¿Será que lo planteado en el artículo 53 es lo que en la propia iniciativa se plantea como “el reclamo de una evaluación justa que asegure la dignificación de la profesión docente”? El que se amenace con correr a los docentes después de una supuesta tercera evaluación, ¿es lo que va a dignificar la profesión docente?

A lo largo del articulado de la ley se demuestra que sólo es demagogia cuando se dice en la exposición de motivos que “la iniciativa está construida sobre la base de la confianza en los maestros y apuesta a su vocación y potencial”. ¿Amenazándonos es como se nos tiene confianza? ¿Hay confianza cuando a los docentes de nuevo ingreso “se les extenderá un nombramiento que estará sujeto a un periodo de inducción al servicio con duración de dos años... (con) el acompañamiento de un tutor... (y en caso de que) se identifique insuficiencia en el nivel de desempeño de la función docente, se darán por terminados los efectos del nombramiento sin responsabilidad para la autoridad educativa”? (artículo 22). Se acabó la plaza base, se acabó la antigüedad, y por tanto la adquisición de derechos laborales, la autoridad educativa podrá terminar la relación laboral a los dos años de iniciada.

Por cierto, para acabar de demostrar que nos tienen confianza, a lo largo de la iniciativa de ley se repite una y otra vez aquello de que si nos despiden es por culpa de los docentes y por tanto la autoridad educativa no tiene responsabilidad. Si no cumplimos

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