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Vitmas


Enviado por   •  9 de Diciembre de 2013  •  Síntesis  •  1.044 Palabras (5 Páginas)  •  227 Visitas

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Toda persona víctima de un delito tiene el derecho de denunciarlo ante el Ministerio Público u organismos de seguridad ciudadana, entre ellos podemos mencionar; Policía del Estado, CICPC, Guardia Nacional, entre otros, con el fin de seguir la acción penal pública. Una de las particularidades del sistema penal Venezolano, es que la víctima (al igual que el imputado) adquiere carácter de sujeto procesal, aunque no intervenga como querellante en el proceso. Además tiene derecho de ser informada de las actuaciones y resultado del procedimiento, sobre sus derechos y que debe hacer para ejercerlos; cumpliéndose de esta manera el principio de publicidad y de transparencia y dejando de lado el "secreto de sumario", anteriormente aplicado en el Código de Enjuiciamiento Criminal, en el cual impedía mantenerse informadas a las partes, creando de esta manera incertidumbre. Así mismo Puede solicitar ante el Ministerio Público medidas de protección frente a probables hostigamientos, amenazas o atentados en su contra o de su familia. Esto constituye un medio de protección muy importante, ya que la víctima podrá proteger su identidad al momento de declarar pudiendo también cambiar de domicilio o trabajo, Ejercer contra el imputado acciones tendientes a perseguir las responsabilidades civiles provenientes del hecho punible; esto es de carácter pecuniario de manera de indemnizar o reparar el daño causado. Presentar querella; pudiendo defenderse por sí mismo, con abogado particular o con defensor penal público. Ser oída si lo solicitare, por el Tribunal antes de pronunciarse acerca del sobreseimiento temporal o definitivo, u otra resolución que pusiere término a la causa; existiendo de esta manera contacto directo con el juez. Ser recibido y atendido debidamente por los Fiscales del Ministerio Público y los jueces que estén substanciando su causa; de esta manera se eliminan los actuarios que eran quienes llevaban las causas creando una barrera de esta forma para poder llegar hasta el juez. Impugnar el sobreseimiento temporal o definitivo o la sentencia absolutoria, aún cuando no hubiere intervenido en el procedimiento. Algunas garantías que se contemplan en el nuevo sistema. La Policía de Investigaciones, en virtud de instrucciones impartidas por el Ministerio Público, puede realizar una serie de actuaciones o diligencias tendientes a prestar auxilio a la víctima, sin necesidad de recibir orden previa de parte de éste, las cuales son:

• Deberá darle un trato acorde con su condición de víctima, facilitando su participación en trámites en que debiera intervenir• Prestarle auxilio antes de realizar cualquier otra actuación que tenga fines de investigación; priorizando de esta manera la vida y salud de la víctima, brindando los primeros socorros y trasladándola a un Servicio de salud, además si es menor de edad se atenderá a la víctima en un lugar por separado de atención al público, siendo de preferencia una mujer.

• Tratándose de delitos sexuales se le trasladará al Servicio de Salud para que se le practiquen los reconocimientos, exámenes médicos y pruebas biológicas conducentes a acreditar el hecho punible y a identificar a los partícipes, conservando los antecedentes y resultados correspondientes hasta que se produjere la intervención del Fiscal. Lo mismo sucederá tratándose de lesiones corporales de significación procurando además que la persona a cargo del establecimiento de salud, en que ingrese la víctima dé cuenta de este hecho al Fiscal.

• Tratándose

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