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Jusprudencias

01hm09mj8124 de Marzo de 2014

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JURISPRUDENCIA:

Se

entiende por jurisprudencia las reiteradas interpretaciones que hacen los

tribunales en sus resoluciones de las normas jurídicas, y puede

constituir una de las Fuentes del Derecho, según el país.

La Jurisprudencia es la correcta interpretación y alcance de los preceptos

jurídicos que emite un órgano jurisdiccional al resolver los asuntos que son

puestos a su consideración, resultando obligatoria a otros órganos

jurisdiccionales de menor jerarquía. El sistema jurídico mexicano prevé la

figura de la jurisprudencia en los artículos 192 a 197-B de la Ley de Amparo.

Es una figura procesal relativa al juicio de amparo y tiene como finalidad crear certidumbre jurídica para que

casos que son puestos a consideración de juzgadores sean resueltos en igual

sentido y así evitar criterios contradictorios.

El significado y alcances de

la jurisprudencia no ha sido siempre el mismo. Ha estado sujeto a un discurrir

histórico en el que ha ido adquiriendo no solo el carácter de fuente del

Derecho sino vinculatoriedad como norma jurídica. En este último aspecto, se

destaca la labor del juez ya que a partir de sus decisiones frente a casos

concretos se va generando el precedente judicial que podrá ser invocado para la

resolución de problemas jurídicos a los

cuales el mismo resulte aplicable. De esta manera, la fuerza vinculante del

precedente judicial deviene de la ratio

decidendi, es decir, de la razón general que constituye la base necesaria de la

decisión judicial. La evolución de la

jurisprudencia vinculante (obligatoria) como norma jurídica en Colombia ha

encontrado en la Corte Constitucional un

factor determinante. Son, precisamente, las decisiones del máximo organismo

de control de constitucionalidad, en el

marco de la Constitución de 1991, las que, referidas mayoritariamente a controversias jurídicas sobre la vulneración

de derechos fundamentales, examinadas por vía de la acción de tutela,

introdujeron el nuevo alcance de la jurisprudencia en el Derecho colombiano.

Palabras

clave: jurisprudencia, pS ea lo primero advertir que el concepto jurisprudencia

no ha sido concebido siempre de la misma forma. En la plenitud del derecho

romano antiguo se entendía como la

“fuente del derecho que no depende ni de

la actividad legislativa, ni de la del

juez, sino de los expertos encargados de ayudar a las partes en la practica jurídica” (Pieri, G; 2000).Para los romanos el derecho no

estaba prácticamente en la ley, ni en los jueces, sino en los jurisconsultas,

que eran unas personas con unas características muy especiales como las de ser

estudiosos del derecho y conocedores de los problemas y fenómenos sociales. Ellos estaban convencidos

que la ratio de la ciencia jurídica era

resolver de manera justa y equitativa

las diferencias que surgían de la interacción de los hombres, que terminaban disputando un bien de

la vida y para lograrlo necesitaban de personas portadoras de amplios

conocimientos de los principios, valores, de la utilidad y fines del derecho,

de la realidad social y con un buen desempeño ético

y

moral.Al respecto el jurista Franklin J.

Moreno, expresa “para los romanos la jurisprudencia, al decir de Ciseron era

la rerum expectandarum Fugendarum Scientia, es decir, la jurisprudencia era

aquella virtud para determinar con claridad y precisión la decisión que en

materia jurídica debía adoptarse.

Era una especie de poder de

discernimiento que permitía distinguir entre los justo lo injusto; entre lo

equitativo y lo in equitativo. Es

incalculable el valor que era prudenti iuristervo

en

la formación y desarrollo del derecho romano

antiguo pues además de ser la más antigua fuente era la más importante razón por la cual el

derecho romano fue catalogado ante todo

como un derecho jurisprudencial que no

podía concebirse sin la activa participación del jurista. (Moreno, 2000). En el

derecho moderno la jurisprudencia es entendida como un conjunto de decisiones

judiciales, también se conoce “como el

conjunto de normas emanadas de los

jueces y que van a regir un número indefinido de casos semejantes, que implica

la existencia de una serie de principios

y doctrinas o normas generales que se

han deducido de la repetición uniforme de los fallos judiciales y que

sirven para orientar la decisión de casos

similarerecedente judicial, ratio decidendi-obiter dicta, norma jurídica-- Apreciación

historica de la jurisprudencia como fuente del derecho La jurisprudencia no

siempre se ha considerado como fuente

del derecho. Al inicio del derecho

antiguo las decisiones judiciales

tomaron mucha importancia, fue así como

le reconocían una fuerza obligatoria.El derecho anglosajón es una fuente de

primera magnitud debido a que los jueces

deben fundamentar sus decisiones o sentencias judiciales mediante un estudio minucioso de los precedentes. Para

ellos la ley no tiene la misma importancia de

los pronunciamientos judiciales.Si bien es cierto en un principio este

derecho (anglosajón) no tenía la fuerza que hoy en día tiene, las decisiones

judiciales eran entendidas como un referente

pero no obligaban a los jueces posteriores a seguirlos. Esto no quiere decir, que no prestaban

alguna utilidad, servían sus argumentos

a los otros jueces para tomar sus

decisiones, sin que estuvieran atados

como camisa de fuerza, ya que podrían perfectamente apartarse de ellos y

no tenerlos en cuenta. CÓMO SABER SI LA

JURISPRUDENCIA ES VINCULANTE

Para

saber si una jurisprudencia es vinculante o no, requiere de un estudio serio y

ponderado de la misma. Es una actividad intelectual desarrollada con la mayor precisión posible. El precedente se

caracteriza porque la argumentación es extensa de ahí la diferencia con la norma legal que se comprime

a una economía lingüística. Para hallar

el precedente necesariamente debemos

acudir a la estructura de las

sentencias, tanto la ley como la doctrina vienen aceptando que esta se integra en tres partes:

la motiva , los considerandos y la resolutiva.

Es de interés entonces indagar donde esta la fuerza vinculante del precedente y que denominación

adquiere como elemento identificatorio. Como quiera que en algún momento se dio

un debate en torno a que el carácter vinculante del precedente estaba en toda

la sentencia, mientras otros decían

estar en una parte de ella, es pertinente referirnos al tema acorde con los últimos criterios

esbozados por la alta corte constitucional.

Es bueno recordar que precedente es “una decisión judicial que contiene en si un principio. El

principio subyacente que forma así su

elemento obligatorio es frecuentemente

denominado ratio decidendi. La decisión concreta es obligatoria entre las partes,

pero únicamente la ratio decidendi abstracta tiene fuerza como derecho obligatorio para todo el mundo

en general. (Salmond, 1924) Si la ratio

decidendi es la en que un momento dado

obliga, ¿entonces que es eso de ratio decidendi? La Corte Constitucional

en reiteradas sentencias ha dicho sobre

el precedente constitucional que en

toda sentencia es preciso distinguir entre la decisum, la ratio

decidendi y los obiter dicta. La decisum la define como la resolución

concreta del caso, la eterminación si la norma debe salir o no del ordenamiento jurídico en materia

constitucional. Esta parte de la sentencia de constitucionalidad tiene alcance

general.

UBICACIÓN DE LA FUERZA VINCULANTE

En

sentencia T960 de 2001, la corte constitucional

dijo que la fuerza vinculante solo se predica en la ratio decidendi y en la sentencia T – 1317 de

2001, el alto tribunal dijo que el

precedente judicial plasmado en la ratio decidendi, se configura como una

auténtica norma, como una conjunción de un supuesto de hecho y una consecuencia jurídica, al

igual que las demás reglas jurídicas para la corte el supuesto de hecho define

el ámbito normativo al cual es aplicable la subregla identificada por el juez,

de ahí que cuando en una situación

similar se observe que

los

hechos determinantes no concuerdan con los

supuestos de hecho, el juez esté legitimado para no considerar

vinculante el precedente. Cómo se establece la ratio decidendi No existe un

criterio unánime acerca de la forma como

se establece o halla la ratio decidendi en la

sentencia, para ello han surgido varios métodos, entre las que podemos

mencionar: TEST DE GOODHART: considera que la ratio decidendi se encuentra

...

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