Software Libre
cjavier2817 de Marzo de 2015
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La mayoría de las características de las comunidades tanto de software libre como de software privativo, vienen generadas por el tipo de software que utilizan, la licencia que lo cubre y por ende los beneficios otorgados por ésta.
A continuación se describirá el termino licencia y se enumeraran y describirán las principalmente utilizadas en la actualidad, sin profundizar mucho en sus variaciones y versiones, solo se pretende crear una pequeña introducción a éste tema.
Licencia del software: la licencia del software es considerada el contrato entre los creadores, titulares y distribuidores con el usuario de éste.
Tipos de licenciamiento más destacados tanto en Software Libre como Privativo:
Licencias de Software Libre, completamente permisivas o sin protección heredada: ésta licencia permite modificar, distribuir, compartir y estudiar el software, no obliga a quienes ejerzan estos derechos a mantener una licencia específica, es decir ésta licencia puede ser modificada. A este grupo pertenecen licencias tales como:
Licencia MIT: Licencia creada por el Instituto Tecnológico de Massachussetts, de ahí sus siglas (Massachusetts Institute of Technology).
Ésta licencia tiene su código fuente abierto, y se caracteriza por tener 2 cláusulas que podrían invalidar la licencia, una de ellas es el agregar una nota con el copyright y la otra agregar dentro de dicha nota los derechos que tiene el usuario de éste software. Cabe resaltar que ésta nota debe adjuntarse a cada uno de los derivados o copias del software realizados con éste tipo de licencia.
En cuestión de derechos ofrecidos por ésta se pueden destacar el hecho de poder copiar, modificar, integrar con otro software, publicar, sub-licenciar, vender e incluso no liberar o compartir los cambios realizados en el código de dicho software.
Licencia BSD: Ésta licencia esta creada especialmente para los Sistemas BSD. Es similar a la licencia MIT, mencionada anteriormente, entre sus cláusulas se destaca el hecho de permitir la distribución, copia, modificación, el poder sub-licenciar y publicar el código binario, es decir su código fuente es abierto, al igual que en la licencia MIT, se debe agregar una nota con el copyright correspondiente, además de los derechos que tiene el usuario de éste software, aclarando que los nombres de los autores en ningún caso pueden utilizarse para promocionar o apoyar algún derivado de éste software.
Licencia Pública de Microsoft (Ms-PL): Ésta licencia tiene características similares a la MIT y BSD, anteriormente nombradas. Permite ver, modificar y redistribuir el código fuente, con fines lucrativos como no lucrativos, además no obliga a publicar los cambios realizados.
Entre sus cláusulas está el hecho de agregar una nota dentro del código con los avisos legales y derechos que tiene el usuario de éste.
Licencias de Software Libre persistente o con protección heredada: esta licencia se caracteriza en general por proteger el software libre de una posible “privatización”, limitando la aplicación de nuevas licencias y garantizando que el Software Libre, seguirá siendo siempre Libre.
Dentro de éste grupo se destacan licencias como:
Licencia GPL: Sus siglas traducen Licencia Publica General, más conocida por su nombre en Inglés: “General Public License”. Esta licencia fue creada y publicada por la Fundación de Software Libre, de siglas FSF (Free Software Foundation) a mediados de los años 80 y garantiza que el software que este cubierto bajo esta licencia, sea libre, por lo cual entre sus derechos no está la opción de sub-licenciar dicho software.
La licencia GPL no cubre el uso, solo la copia, distribución y modificación del código fuente
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