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Enviado por   •  16 de Octubre de 2013  •  Tesis  •  508 Palabras (3 Páginas)  •  258 Visitas

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servirá para que no se les cobre a través de comparendos electrónicos el pico y placa.

El procedimiento se adelanta para tener registro de los carros que transportan o son conducidos por personas en condición de discapacidad, antes de que se inicie el cobro de pico y placa, del que están exentos, por comparendos a través de cámaras.

Las personas que buscan la excepción de la medida de pico y placa deben presentar discapacidad permanente, y no temporal, y estar registradas ante las secretarias de Salud y de Movilidad de Bogotá. Además, solo podrán inscribir un carro por persona discapacitada.

Para que no se les cobre a través de comparendos electrónicos el pico y placa, los vehículos de discapacitados tendrán que quedar inscritos antes de mayo, cuando se empezará a multar por esta infracción.

El procedimiento para acceder al beneficio es:

1. Inscribirse en el 'Registro para la localización y caracterización de las personas con discapacidad' de la Secretaría de Salud. Para esto, los discapacitados tendrán que dirigirse a los Cami y Unidades Primaria de las 20 localidades de Bogotá.

Para este procedimiento solo tendrán que llevar el documento de identidad, una copia del mismo, la afiliación al sistema de salud y la fotocopia de cualquier servicio público del lugar de residencia.

Según la Secretaría de Salud solo se pueden registrar personas residentes en Bogotá, con un tiempo mayor a 6 meses de residencia permanente en la ciudad. Consulte los puntos donde podrá inscribirse en este link.

2. Luego de estar en el registro de la Secretaría de Salud, deberá acercarse a la Secretaría de Movilidad (Calle 13 No. 37-35) o a los centros locales de movilidad, en las alcaldías para inscribir el vehículo.

Para esta diligencia, tendrán que llevar un documento de la EPS o del hospital más cercano a su lugar de residencia, con el diagnóstico que corrobore la discapacidad.

3. La Secretaría de Movilidad para incluir el vehículo en la base de datos, verificará la información con las EPS, hospitales y la Secretaría de Salud.

Ninguno de los dos procedimientos tiene costo y solo se harán en las entidades autorizadas.

Cuatro inquietudes sobre la inscripción:

- Si el registro ante la Secretaría de Salud se hizo entre el 2004 y febrero del 2011, usted tendrá que dirigirse a la Secretaría de Movilidad para inscribir su vehículo.

- Si la inscripción ante la entidad de salud se hizo en marzo del 2011, el registro ante la Secretaría de Movilidad tendrá que hacerse después del 15 de abril, el tiempo que toma que una persona con discapacidad quede registrada en la base de datos.

- Si la persona discapacidad aún no está registrada en la base de datos de la Secretaría

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