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Antescedentes Constitucion 1917

marieliz189 de Julio de 2013

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Antecedentes Constitución de 1917

La legislación preconstitucional de Carranza

En respuesta a las demandas sociales de los convencionistas y a la ruptura con Francisco Villa, el 12 de diciembre de 1914 Venustiano Carranza reformó el Plan de Guadalupe, Entre las reformas se facultaba a Carranza, como primer jefe de la Revolución y encargado del Poder Ejecutivo, para expedir y poner “en vigor, durante la lucha, todas las leyes, disposiciones y medidas encaminadas a dar satisfacción a las necesidades económicas, sociales y políticas del país.

• Proclamó así, por decreto del 26 de diciembre de 1914, que el municipio sería la base territorial y político-administrativa de los estados; la libertad de los municipios para elegir sus ayuntamientos, y la prohibición de autoridades intermedias entre éstos y los órganos del estado respectivo, disposiciones que cimentaron lo que llegaría a ser el artículo 115 de la Constitución de 1917.

Asimismo, Venustiano Carranza expidió la Ley Agraria del 6 de enero de 1915, que declaró nulas las enajenaciones de tierras, concesiones y diligencias de deslinde que ilegalmente despojaron a las comunidades indígenas y autorizó expropiaciones de tierra para restituciones o dotaciones; esta ley fue expresamente incorporada al texto constitucional por disposición contenida en el artículo 27, fracción VII, tercer párrafo.

Constitución del congreso constituyente.

En el curso del 1916 Carranza impulsó la idea de convocar a un congreso constituyente que debía introducir algunas modificaciones en la Carta Magna a de 1857. Con esto se trataba de dar por terminada la lucha armada y regresar al orden legal.

La convocatoria se hizo en septiembre y las sesiones se llevaron a cabo de diciembre de 1916 a fines de enero de 1917.

Hubo una gran diversidad en las opiniones de los diputados, lo cual produjo la formación de dos grupos extremos:

IZQUIERDAS EXALTADAS DERECHAS MODERADAS.

El grupo progresista se relacionaba con Obregón Los moderados con Carranza.

Muchos que pelearon en los campos de batalla y querían destruir rápidamente el pasado para entrar en el porvenir que habían soñado para México, entre ellos Francisco J. Múgica Esteban Baca Calderón, Heriberto Jara, Cándido Aguilar, Juan de Dios Bojórquez, Rafael Martínez de Escobar, Luis Espinosa y Froylán Manjarrez. El ala moderada tuvo como núcleo fundamental a los ex diputados renovadores.

El grupo obregonista estaba respaldado por el recién creado Partido Liberal Constitucionalista.

La tendencia radical logró una mayoría, que se demostró en la composición de las comisiones.

Del proyecto presentado por Carranza fueron aceptados los cambios en cuanto a la organización política del país, que le reafirman su carácter presidencialista. En una serie de artículos fundamentales impuso su criterio el ala jacobina. De hecho en la Constitución quedaron incorporadas las propuestas y demandas de las diversas corrientes revolucionarias.

La Carta Magna está conformada por los siguientes títulos:

I. De las garantías individuales.

II. De la soberanía nacional y de la forma de gobierno.

III. De la división de poderes.

IV. De las responsabilidades de los funcionarios públicos.

V. De los Estados de la Federación.

VI. Del trabajo y la previsión social.

VII. Prevenciones generales.

VIII. De las reformas a la Constitución.

IX. De la inviolabilidad de la Constitución.

Como la del 57, la Constitución de 1917 establecía el sistema federal, la separación de poderes, la no reelección, un Poder Legislativo en dos Cámaras, y una Comisión Legislativa Permanente. A diferencia de su antecesora, dio gran fuerza al Ejecutivo.

Siguiendo lo

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