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Dragón Oro Es Muy Fuerte

xjohanx14722 de Octubre de 2013

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El Impuesto General a las Ventas - IGV

Este impuesto es conocido en el mundo como IVA (Impuesto al Valor Agregado). En la actualidad se aplica la tasa de 19% sobre el valor de las ventas de bienes en el país y sobre la prestación de servicios de carácter no personal en el país.

Este impuesto se aplica sobre el mayor valor asignado a los bienes al momento de la venta.

Origen

La imposición al consumo, más conocido como el impuesto general a las ventas (IGV), tiene sus orígenes, en nuestro país, en el Impuesto a los Timbres Fiscales (Ley 9923) que afectaba el total del precio de venta.

En 1973, mediante Decreto Ley 19620, se estableció el Impuesto a los Bienes y Servicios (IBS) que gravaba la venta de bienes a nivel fabricante o importador. En el año 1982, mediante Decreto Legislativo 190, se empezó a implementar un impuesto general al consumo con una tasa general del 16%.

El IGV en los últimos años

GOBIERNO

AÑO

TASA DE IGV

Fernando Belaunde Terry

1982

16%

1983

16%

1984

13.8%

Alan García Pérez

1985

11%

1986

6.3%

1987

6%

1988

10.7%

1989

15%

Alberto Fujimori

1990

16.2%

1991

14.7%

1992

17.7%

1993

18%

1994

18%

1995

18%

1996

18%

1997

18%

1998

18%

1999

18%

2000

18%

Alejandro Toledo

2001

18%

2002

18%

2003

19%

Fue en Agosto del año 2003 mediante la Ley 28033, durante el periodo de gobierno de Alejandro Toledo, que se incrementa la tasa de IGV en un 1%; de 16% a 17%, resultando un total del 19% considerando el 2% de Impuesto de Promoción Municipal.

Estructura del IGV

El IGV está compuesto por una tasa de impuesto general al consumo del 17% y la del Impuesto de Promoción Municipal equivalente al 2%.

Operaciones Gravadas

• Venta en el país de bienes muebles.

• Prestación o utilización de servicios en el país.

• Contratos de construcción.

• Primera venta de bienes inmuebles ubicados en el país.

• Importación de bienes.

Aplicación del IGV

El IGV grava una serie de operaciones, pero existen ciertos bienes y servicios exonerados, además de las actividades de exportación.

Este impuesto se aplica sobre el valor agregado, el cual es obtenido por la diferencia entre las ventas y las compras realizadas durante el periodo.

Liquidación del IGV

Mensualmente se realiza la liquidación de éste impuesto, la misma que ha de ser presentada ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT mediante Declaración Jurada, y el pago respectivo en una entidad financiera.

Para la determinación de la obligación tributaria, es decir, del impuesto a pagar al fisco, se obtiene del resultado obtenido por la deducción del debito fiscal (impuesto cobrado por las operaciones de venta) el crédito fiscal (impuesto pagado por las adquisiciones efectuadas). Cabe resaltar que las mencionadas operaciones de ventas y adquisiciones deben encontrarse sustentadas por comprobantes de pago, además de estar reconocidas como costo o gasto por la Ley del Impuesto a la Renta y demás formalidades contenidas en la Ley del IGV.

Crédito fiscal.- Es aquel monto de dinero que posee el contribuyente a su favor y el cual podrá deducir del total de su deuda tributaria, resultando así un monto menor a pagar al fisco o un saldo a favor, el mismo que

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