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ESCUELA CLASICA ESPAÑOLA


Enviado por   •  2 de Septiembre de 2014  •  361 Palabras (2 Páginas)  •  742 Visitas

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ESCUELA CLASICA ESPAÑOLA DEL DERECHO

Joaquín Francisco Pacheco

Máximo representante clásico del racionalismo jusnaturalista español.

Rechazó el contractualismo estableciendo que el origen y fundamento del derecho a castigar, era la ley natural y el derecho penal era una derivación lógica que el hombre debe conocer a través de la razón.

En cuanto a la pena, establecía que debía tener un carácter retributivo, es decir, una proporción entre el daño y la sanción.

Pedro Gómez De La Serna

Tuvo participación en la comisión redactora del código penal español de 1870; consideró que el derecho positivo debía ser una expresión humana del derecho natural; por ende, el delito vulnera el principio abstracto de justicia.

La responsabilidad penal del sujeto se basa en el libre albedrío. Para aplicar la pena, se debía tomar en cuenta el grado de libertad con que actuó el sujeto.

¿Qué es el Derecho Penal?

Franz Von Liszt[1](1851- 1919) tratadista penal alemán, esgrimió que "el Derecho Penal es el conjunto de las reglas jurídicas establecidas por el Estado, que asocian el crimen, como hecho, a la pena, como legítima consecuencia". En la actualidad esta definición de la materia es anacrónica, toda vez que el Derecho Penal, no sólo busca el establecimiento de las penas a los delincuentes, si no también posee el instrumento de aplicar las medidas de seguridad, además, nuestra disciplina "comprende ante todo las normas que se dirigen a los ciudadanos para que no cometan los delitos previstos por la ley"

Santiago Mir Puig indica que el Derecho Penal no constituye sólo un conjunto de normas dirigidas a los jueces ordenándoles imponer penas o medidas de seguridad, sino también, y antes de ello, un conjunto de normas dirigidas a los ciudadanos que les prohíben bajo la amenaza de una pena la comisión de delitos. Según este autor, el Derecho Penal está integrado también por valoraciones y principios.

Hans Welzel[5](1907-1974) El Derecho penal es aquella parte del ordenamiento jurídico que determina las características de la acción delictuosa y le impone penas o medidas de seguridad. Ello encierra una valoración objetiva de nuestra rama de estudio, toda vez que es la ley penal la única que puede describir conductas humanas delictivas y sancionarlas debidamente de conformidad con esa propia normativa.

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