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Simbolos Patrios Unimag


Enviado por   •  31 de Marzo de 2014  •  1.156 Palabras (5 Páginas)  •  349 Visitas

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Bienestar Universitario

La Dirección de Bienestar Universitario presta los servicios de atención a la Comunidad Universitaria en las áreas de Salud (atención medica y odontológica), programas de promoción y prevención, fomento del desarrollo deportivo en lo recreativo, formativo y representativo, fomento y desarrollo cultural y artístico en lo recreativo, formativo y representativo, atención en Psicología, programas de beneficio y equidad.

Qué es el Consejo Superior?

El Consejo Superior de la Universidad del Magdalena es el máximo órgano de dirección y gobierno de la Universidad y sus funciones se encuentran definidas en el artículo 13 del Estatuto General. Los Actos Administrativos que expide el Consejo Superior se denominan Acuerdos Superiores.

¿Quienes Integran el Consejo Superior?

Luis Miguel Cotes Habeych.

Gobernador del Departamento del Magdalena y Presidente del Consejo Superior.

Adriana Graciela Riaño Moran.

Delegada de la Ministeria de Educación.

Gral. (r) Juan Salcedo Lora.

Delegado de la Presidencia de la República.

Ruthber Escorcía Caballero.

Rector Universidad del Magdalena.

Gustavo Cotes Blanco.

Representante de los Exrectores.

Pedro Eslava Eljaiek.

Representante de las Directivas Académicas.

Oscar García Vargas

Representante de los Profesores.

Carlos Barraza Heras.

Representante de los estudiantes.

Anuar Saker.

Representante de los egresados.

Luz Hilda Paez Peñaloza.

Representante del sector productivo.

Funciones del Consejo Superior

1. Definir las políticas académicas y administrativas y la planeación institucional.

2. Definir la estructura y organización académica, administrativa y financiera de la Institución, fijar las líneas de autoridad y expedir las normas básicas para la dirección y organización de las distintas dependencias universitarias.

3. Velar porque la marcha de la Institución esté acorde con las, disposiciones legales, el estatuto general y las políticas institucionales.

4. Expedir o modificar los Estatutos y Reglamentos de la Universidad.

5. Nombrar y remover al Rector en la forma prevista en el presente Estatuto.

6. En desarrollo del artículo 71 de la Constitución Nacional, podrá el Consejo Superior, sin prejuicio de los ya reconocidos, establecer distinciones académicas y estímulos, que en ningún caso constituirán factor salarial y reglamentará el, otorgamiento de éstos para el personal académico que participe en la prestación de servicios académicos remunerados contratados con la Universidad. La reglamentación de que trata el presente inciso contemplará la participación económica con base en los recursos generados.

7. Crear, fusionar o suprimir, de acuerdo con las disposiciones vigentes, las dependencias académicas y administrativas del a Universidad.

8. Adoptar, con arreglo al presupuesto y a las normas legales y reglamentarias, la propuesta del Rector, la planta de personal de la Universidad, con señalamiento de los cargos que serán desempeñados por docentes, por empleados públicos o por trabajadores oficiales del orden administrativo, las funciones que han de desempeñar y sus asignaciones salariales.

9. Expedir, con arreglo a lo dispuesto en este Estatuto y las Leyes de la República, el presupuesto de rentas y gastos de la Universidad, a más tardar el 20 de Diciembre.

10. Autorizar la aceptación de donaciones o legados, que por su naturaleza o cuantía reserve al Consejo Superior el Estatuto General.

11. Autorizar las comisiones al exterior y las comisiones de estudio, cuya duración sea superior a seis (6) meses según lo dispongan los estatutos, los planes de capacitación y las normas vigentes.

12. Examinar y aprobar anualmente los estados financieros de la Universidad.

13. Fijar los derechos pecuniarios que pueda cobrar la Universidad.

14. Disponer, cuando las circunstancias lo ameriten, la suspensión de actividades en la Universidad por más de quince días.

15. Autorizar, previa propuesta del Rector, con fundamento en la ley, la apertura de seccionales y dependencias; la participación en la constitución de empresas industriales o comerciales del estado, de sociedades de economía mixta.

16. Autorizar la celebración de todo contrato o convenio con instituciones nacionales o interacciónales o con gobiernos extranjeros.

17. Ordenar las adiciones que en el curso de la vigencia fiscal se requieran, cuando se modifiquen montos máximos del presupuesto.

18. Darse su propio reglamento.

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