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Testamentum Calatis Comitis


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2012  •  1.099 Palabras (5 Páginas)  •  1.142 Visitas

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• Testamentum calatis comitis. Se celebraba dos veces al año (El 24 de marzo y el 24 de mayo), tenía lugar ante el pueblo reunido en comicios curiados.

• Testamentum in procinctu. Se hacía ante el ejército antes de salir a batalla.

• Testamentum per aes et libram o mancipatorio. Quien sentía que la muerte se aproximaba y no había hecho testamento, acudía a un amigo a quien le vendía ficticiamente sus bienes, rogándole que dispusiera de ellos como él dictaba. El adquirente (familiae emptor) adquiría los bienes en propiedad a través de la mancipatio; de esta práctica, se desarrolló el testamentum per aes et libram, o mancipatorio, que se hacía ante cinco testigos.

• Bonorum possessio secundum tabulas. Llamado testamento pretorio, podía ser invalidado por el ius civile si los herederos leítimos reclamaban.

• Testamentu tripartutum. Deriva de tres fuentes y consta de tres partes: El derecho civil antiguo, el derecho pretorio y de las constituciones imperiales y en el cual además del texto, debe contener la declaración expresa de siete testigos.

• Testamentum apud acta. Testamento oral o nuncupativo, que requiere solamente que el testador manifieste ante testigos su voluntad.

• Testamentum principie. Presentado ante el príncipe.

• Testamentos extraordinari. Se permite testar sin formalidad a personas que se encuentran en codndiciones especiales.

El testamento del ciego

El testamento celebrado en el campo

El testamento hecho en época de peste

El testamento del padre a favor de los hijos

El testamento a favor de la Iglesia o de las piae causa

• Testamentum militis. En su evolución nos muestra un régimen especial a los otros testamentos, excepciones y privilegios que lentamente se fueron implantando en los testamentos ordinarios y que marcan un preludio al espíritu de la sucesión testamentaria.. El testamento militar otorgaba además, privilegios en cuanto al contenido, entre ellos los siguientes:

El filius familias militar, puede testar válidamente respecto a su peculium castrense.

El militar puede testar a favor de los peregrinos, latinos, etc.

El militar puede disponer en su testamento de sólo parte de sus bienes y dejar que el resto pase a sus herederos por vía legítima.

El militar puede testar bajo condición resolutoria o a término.

El militar no esta obligado a instituir formalmente al heredero.

Los legados dispuestos en el testamento no están sujetos a las reducciones que marcaba la Lex Falcidia.

3.1. Herederos Suyos y Necesarios

Era heredero suyo, o de sí mismo, el que, estando bajo la potestad inmediata del paterfamilias en el momento de su muerte, se volvía sui iuris por esa muerte.

Se le llamaba suyo porque heredaba, en cierto modo, a sí mismo, en razón del derecho de copropiedad que le pertenecía, en vida del pater, sobre los bienes de su sucesión.

Se le llamaba necesario, porque no podía repudiar la sucesión.

3.2. Herederos Extraneus o Voluniarios

Eran los que no tenían carácter ni de herederos necesarios ni de herederos suyos. No es posible definirlos en otra forma, sino negativamente y por vía de exclusión.

Se les llamaba extranei, externos, extranjeros, porque podían quedar extraños a la sucesión, y voluntarios, porque no eran herederos más que si así lo querían.

No se operaba más que en virtud de un acto voluntario realizado por el heredero, acto que se llamaba adición a la herencia.

De ahí las siguientes consecuencias:

1. Hasta la adición a la herencia, la herencia quedaba sin dueiío; es decir, era una herencia yacente, jacet hereditas.

29 Si moría el heredero antes de haber hecho la adición, no se transmitía su derecho heredítario,

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