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Yonquelix


Enviado por   •  11 de Mayo de 2013  •  2.966 Palabras (12 Páginas)  •  242 Visitas

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Introducción

El siguiente trabajo esta elaborado con al finalidad de dar a conocer lo que es el ámbito laborar de nuestro país, en lo que a los contratos de trabajo se refiere.

Es evidente de que existen elementos que identifican lo que es el contrato de trabajo, no obstante su terminación con responsabilidad para las partes.

El objetivo de esta investigación, es de dar luz a aquellas personas que así lo necesitan, ya que por medio de la obtención de conocimientos se logran aspectos de interés, no solo para una de las partes envueltas en una situación laboral.

A continuación se presentara todo lo relacionado al tema, como son los elementos constitutivos del contrato de trabajo, terminación del contrato de trabajo con responsabilidad, entre otros conceptos relacionados al tema que son sin lugar a duda de interés.

DERECHO LABORAL DOMINICANO

Patrono: según la legislación dominicana, patrono es la persona física o moral a quien se presta un servicio en virtud de un contrato de trabajo (art. 2 C.T.)

Trabajador: Se refiere a la persona que presta un servicio a otra bajo la dependencia de esta última. Es el prestador de un servicio en virtud de un contrato de trabajo a cambio de una remuneración.

Contrato de Trabajo: Es la convención por la cual una persona se obliga mediante una retribución a prestar un servicio a otra bajo la dependencia y dirección inmediata o delegada de esta.

Elementos Constitutivos del Contrato de Trabajo:

*La prestación del servicio: es la obligación esencial que recae sobre la persona del trabajador. La misma puede ser manual o intelectual; emanar de un administrador o de un empleado.

*La remuneración: Es la contrapartida del trabajo realizado; es el pago otorgado al trabajador por un trabajo realizado.

*La subordinación: Es un criterio preciso que permite distinguir claramente al asalariado del trabajador independiente y que justifica la necesaria intervención del legislador para asegurar el respeto de la seguridad y la dignidad del trabajador. Es el elemento distintivo y original del contrato de trabajo.

Naturaleza de la Subordinación

Dependencia Técnica y Económica: eran las causas que podían explicar los poderes del empleador para dirigir al trabajador.

Subordinación Jurídica: Es una situación creada por la ley para regir las relaciones que se derivan de la existencia de un contrato de trabajo. Esta subordinación es de origen contractual, proveniente de una relación jurídica voluntariamente contraída coloca al trabajador bajo la autoridad del empleador, quien dirige la actividad laboral del primero por medio de normas, instrucciones para todo lo concerniente con la ejecución del trabajo. Es un elemento creado por el legislador para que una de las partes contratantes (el empleador) pueda dirigir la actividad de la otra (trabajador), aunque esta ultima goce de independencia técnica y económica frente a la primera.

Manifestación de la Subordinación:

Lugar de trabajo

Horario de trabajo

Exclusividad (Ej. solo puede prestar servicios a un solo empleador en el horario

establecido)

Ausencia de personal dependiente

Suministro de materias primas e instrumentos de trabajo.

Intermediario o Patrón Aparente: Se califica como intermediario a la persona que contrata trabajadores para ser utilizados en la empresa de otro; también, la persona que sin ser representante conocido del empleador, interviene por cuenta de este ultimo en la contratación de los servicios de uno o varios trabajadores.

Empleador o Patrón Aparente: se denomina patrón aparente a la persona que sin ser realmente empleador, se comporta como tal. ¿Cual es su responsabilidad laboral? Solidariamente este es responsable con el contratista principal. La corte de casación expresa que ningún trabajador esta obligado a saber quien es realmente su empleador, lo que permite demandar a quien esta en apariencia.

Terminación de los contratos de Trabajo

A pesar de que la doctrina ha clasificado de diversas maneras las formas de terminación de los contratos de trabajo, nos limitaremos a citar lo reglamentada por el código de trabajo dominicano, el cual divide las formas de terminación de los contratos de trabajo en dos grupos: los que ponen fin al contrato sin responsabilidad para las partes y aquellos que si generan responsabilidad.

Dentro de la primera clasificación, los que terminan sin responsabilidad para las partes, el artículo 68 del código de trabajo, establece:

a. El mutuo consentimiento;

b. La ejecución del contrato; y

c. La imposibilidad de ejecución del contrato.

Y respecto del segundo grupo, aquellos que terminan con responsabilidad para las partes, señalamos lo consagrado por el artículo 69 del código de trabajo:

a. El desahucio;

b. El despido; y

c. La dimisión.

Precisamente nos proponemos desarrollar todo lo concerniente a estas tres ultimas, su base legal, los comentarios doctrinales de los principales maestros de la materia los cuales guardan relación con los mismos, así como la jurisprudencia concerniente a estos todo lo cual ayude a forjarnos un criterio mas acabado de estas figuras objeto de nuestro analisis.

El Desahucio

"Para el empleador, es una simple molestia el desahucio ejercido por el trabajador; en cambio para éste es un verdadero drama que su empleador lo deje sin empleo

Concepto

El término desahucio no es propio del derecho del trabajo, es una palabra que proviene del derecho común; es usada generalmente en los contratos de arrendamiento. También se le denomina ad-nutum, que significa sin motivo, sin causa

Terminación del

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