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El Grantismo


Enviado por   •  5 de Noviembre de 2012  •  1.154 Palabras (5 Páginas)  •  407 Visitas

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LE GARANTISMO

Como señala Marina Gascón Abellán[1], en la actualidad hablar de garantismo, necesariamente nos remite a la obra “Derecho y razón” de Luigi Ferrajoli[2], siendo el principal autor de la llamada teoría del Garantismo, teoría, que tiene por fundamento la tutela de las libertades individuales frente al ejercicio arbitrario del poder, especialmente en el Derecho Penal; en otras palabras, es un modelo orientado a garantizar derechos subjetivos, y que normalmente designamos como garantías; Ferrajoli[3] reconoce, que este garantismo no es exclusivo del derecho penal, que existe un garantismo patrimonial, garantismo social y el que nos interesa para este análisis: garantismo liberal o garantismo penal, y con este nombre, Ferrajoli designa a las técnicas establecidas para la defensa de los derechos de libertad, pero sobre todo la más importante, la libertad personal, frente a intervenciones policiales o judiciales arbitrarias. El garantismo que postula Ferrajoli, está vinculado a la tradición clásica del pensamiento penal liberal y la exigencia de minimizar el poder punitivo del Estado, mediante el estricto sometimiento de las autoridades a la ley, en concreto, a las normas constitucionales que regulan los procesos penales. Los límites del actuar de la autoridad que Ferrajoli sostiene son dos: las garantías penales sustanciales y las garantías procesales, las primeras se orientan a minimizar los delitos, es decir, a reducir al máximo lo que el poder legislativo puede castigar; por su parte, las garantías procesales se orientan a minimizar el poder judicial, a reducir al máximo el margen del arbitrio y la discrecionalidad en esta materia.

Tres son las tesis que postula esta teoría:

1.- La primera, es que existe un nexo indisoluble entre garantías y justificación externa del derecho penal, es decir, los fines que lo justifican, se orientan a regular y minimizar la violencia punitiva, las garantías son las fuentes que justifican al derecho penal, como alternativa a la anarquía de las reacciones de los ciudadanos que se produciría ante la ausencia del derecho penal. Según esta tesis, el derecho penal solo se justifica si además de prevenir los delitos, logra minimizar la violencia de las reacciones al delito, por lo que debe convertirse en un instrumento de defensa y garantía de los ciudadanos, pero además de esa minoría desviada que delinque. Este es un paradigma de tipo abolicionista de la teoría tradicional retribucionista de la pena, lo que se persigue es proteger al más débil, en el delito al sujeto pasivo, en el proceso al imputado y en la ejecución al reo.

2.- La segunda, es que existe un nexo igualmente indisoluble entre garantías y legitimación interna de la jurisdicción, la pregunta toral para entender esta tesis, es saber ¿Qué es lo que las constituciones establecen como límites a la mayoría?, la respuesta, según esta teoría, es que esencialmente ofrecen dos cosas:

a) La igualdad de los ciudadanos, sean desviados o no.

b) La garantía de sus derechos fundamentales, ante todo la vida y la libertad personal, que no pueden ser sacrificados por voluntad de la mayoría, ni el interés general.

El fundamento de la legitimación de la jurisdicción, no es el consenso de la mayoría, sino la verdad de sus decisiones, que viene asegurado por garantías penales, especialmente por la estricta legalidad, o sea la taxatividad y materialidad, y por otro lado, las garantías procesales de la carga de la prueba para la acusación y el derecho a refutar de la defensa. La legitimación interna, se entiende entonces como la congruencia de hacer válidas las garantías en todo momento, que el Iudex, se apegue a la verdad jurídica demostrada en el proceso, porque ninguna mayoría por aplastante que sea, puede legitimar

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