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Enviado por   •  19 de Agosto de 2013  •  1.463 Palabras (6 Páginas)  •  234 Visitas

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Admisión Temporal.

Es el régimen mediante el cual se introducen mercancías al territorio aduanero nacional, con suspensión del pago de los impuestos de importación y otros cargos o impuestos adicionales que fueren aplicables, con una finalidad determinada, a condición de que sean reexpedidas luego de su utilización, sin haber experimentado modificación alguna.

Admisión Temporal Para el Perfeccionamiento Activo.

Régimen mediante el cual se introducen en el territorio nacional aduanero insumos, materias primas, partes o piezas de origen extranjero, con suspensión de los impuestos aplicables a la importación, para ser reexpedidas después de haber sufrido transformación, combinación, mezcla, rehabilitación, reparación o ensamblaje.

Este régimen está regulado por los artículos 95 y 96 de la Ley Orgánica de Aduanas,

19 al 30 y 42 al 55 de su Reglamento sobre los Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales. Es un régimen dirigido al exportador habitual, que sólo podrá ser utilizado por personas jurídicas domiciliadas en el país.

Objetivo

Establecer las pautas para el despacho de las mercancías destinadas al régimen de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo con la finalidad de lograr el correcto cumplimiento de las normas que lo regulan.

Alcance

Todas las dependencias de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT y los operadores de comercio exterior que intervienen en el procedimiento del régimen de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo.

Responsabilidad

La aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente Procedimiento es de responsabilidad de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, de la Intendencia de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información, de la Intendencia de Prevención del Contrabando y Control Fronterizo y de las intendencias de aduana de la República.

Vigencia

El presente procedimiento entrará en vigencia conforme a lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto Supremo N° 010-2009-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 319-2009-EF a excepción de las notificaciones remitidas por medios electrónicos que entrarán en vigencia el 4.10.2010.

Base Legal

Ley General de Aduanas aprobada por Decreto Legislativo N.º 1053, publicado el 27.6.2008 y norma modificatoria.

Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N.º 010-2009-EF, publicado el 16.1.2009 y normas modificatorias.

Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Supremo N.° 031-2009-EF, publicada el 11.2.2009.

Ley de los Delitos Aduaneros, Ley N.º 28008, publicada el 19.6.2003 y normas modificatorias.

Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros, aprobado por Decreto Supremo N.º 121-2003-EF, publicado el 27.8.2003 y normas modificatorias.

Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.º 135-99-EF, publicado el 19.8.1999 y normas modificatorias, en adelante Código Tributario.

Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N.º 27444, publicada el 11.4.2001 y normas modificatorias.

Norma que aprueba las disposiciones reglamentarias del Decreto Legislativo N.º 943, Ley de Registro Único de Contribuyentes, aprobada por Resolución de Superintendencia Nacional de Administración Tributaria N.º 210-2004-SUNAT, publicada el 18.9.2004 y normas modificatorias.

Decreto Supremo N.° 191-2005-EF, publicado el 31.12.2005, Normas que regulan la calificación dentro del Régimen de Buenos Contribuyentes a los beneficiarios de los regímenes de la Importación Temporal y/o Admisión Temporal.

Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM, publicado el 28.10.2002 y normas modificatorias.

Las Operaciones de Perfeccionamiento Activo

Son aquellas en las que se produce:

• La transformación de las mercancías;

• La elaboración de las mercancías, incluido su montaje, ensamble y adaptación a otras mercancías;

• La reparación de mercancías, incluidas su restauración o acondicionamiento.

Están comprendidas en este régimen, las empresas productoras de productos intermedios sometidos a procesos de transformación que abastezcan localmente a empresas exportadoras productoras; así como los procesos de maquila, con el objeto de que se les incorpore el valor agregado correspondiente a la mano de obra.

Plazos del Régimen

La admisión temporal para perfeccionamiento activo es automáticamente autorizada con la presentación de la declaración y de la garantía con una vigencia igual al plazo solicitado y en caso de mercancías restringidas por el plazo otorgado por el sector competente, sin exceder del plazo máximo de veinticuatro (24) meses computado a partir de la fecha del levante. Si el plazo fuese menor, las prórrogas serán aprobadas automáticamente, con la sola renovación de la garantía antes del vencimiento del plazo otorgado y sin exceder el plazo máximo.

Beneficiario del Régimen

El beneficiario del régimen debe contar con Registro Único de Contribuyentes (RUC) activo

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