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Arancelez


Enviado por   •  2 de Septiembre de 2012  •  1.038 Palabras (5 Páginas)  •  285 Visitas

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PLAZO DE GRACIA: El mismo se define como el lapso de tiempo durante el cual acreedor o quien legalmente haga sus veces, unilateralmente o por expreso acuerdo entre las partes difiere en el tempo el cumplimiento de alguna obligación, tal como el pago de intereses del capital para el caso de amortización parcial o el total de la obligación objeto de el mismo. El acuerdo sobre el plazo de gracia, puede realizarse en forma concomitante con la celebración del contrato a que se refiere, o puede tener ocurrencia posterior. En cuanto a la ultima hipótesis, el parágrafo según el articulo 829 del código de comercio dispone que lo plazos de gracia concedidos mediante acuerdo de las ´partes, con anterioridad al vencimiento del termino, se entenderá como prorroga del mismo. Además, es preciso destacar que en líneas de crédito especiales o de fomento, imperativamente reguladas para eventos específicos, pueden preverse plazos de gracia que, en esos casos, se rigen por las normas especialmente que reglamenten esas operaciones. El comportamiento del periodo de gracia tiene el siguiente impacto en la operación crediticia así:

1. Existe carencia en la amortización del capital y solo se hace frente al pago de intereses únicamente, para este efecto se liquida sobre la cuota pactada solamente.

2. Cuando existe carencia total de pagos y el cliente no efectúa ningún tipo de abono en el periodo, en este caso se paga en la próxima cuota de capital y los intereses agrupados.

3. Durante el periodo de gracia, el prestatario paga cuotas constantes equivalentes a la liquidación de los intereses periódicos.

4. Finalizado este periodo, el préstamo discurre normalmente, (del tipo que sea cuota constante o amortización al vencimiento).

SALVAGUARDIAS: Las salvaguardias una modalidad de restricción del comercio internacional ante la presencia de un daño o posible daño a un determinado sector de la economía, Restricción temporal a las importaciones para salvaguardar un sector de la industria nacional que está siendo abatida por la competencia.

LOS TRATADOS COMERCIALES Y LAS MEDIDAS DE SALVAGUARDIA

Las medidas de salvaguardia se utilizan solamente en situaciones de emergencia como arma de defensa contra daños graves a las ramas de producción nacional. Por este medio se autoriza a los países a restringir temporalmente las importaciones si, tras investigaciones realizadas por las autoridades competentes, se comprueba que las importaciones han aumentado en tal magnitud que perjudican gravemente la rama de producción nacional que produce productos similares o directamente competidores.

Sin embargo, esta protección es temporal, ya que su finalidad primordial es dar a la rama de producción afectada solamente el tiempo necesario para prepararse a hacer frente a una competencia más intensa una vez que se han eliminado las restricciones.

Las medidas de salvaguardia sólo podrán aplicarse después de que las autoridades investigadoras hayan determinado que:

• Las importaciones de un producto están aumentando cada vez más, ya sea en términos absolutos o en relación con la producción nacional.

• Dichas importaciones causan o amenazan causar daño grave al conjunto de productores del país importador de bienes similares o directamente competidores.

Al hacer referencia al "conjunto de productores" se busca restringir los campos de aplicación de las medidas de salvaguardia, y se refiere a aquellos cuya producción conjunta constituya una proporción importante de la producción nacional total y que la quiebra o desaparición

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