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Enviado por   •  22 de Febrero de 2015  •  1.123 Palabras (5 Páginas)  •  193 Visitas

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GUÍA DE APRENDIZAJE NÚMERO 4

(TIPOS Y DISEÑO DE CONTRATOS PARA EVENTOS EMPRESARIALES)

Un contrato es un vínculo de tipo jurídico en el que dos partes acuerdan voluntariamente asumir un conjunto de obligaciones que deben cumplir recíprocamente.

Tipos de contratos:

El contrato unilateral

Es aquel contrato que genera obligaciones solo para una de las partes en el contrato; se contrapone, por lo tanto, al contrato bilateral (también llamado sinalagmático).

El ejemplo más clásico es el del contrato de donación, en el que una persona se obliga a entregar a otra la propiedad de un bien o derecho sin recibir nada en contraprestación. Otros ejemplos de contratos unilaterales son el mutuo o préstamo de consumo, el comodato o préstamo de uso, el depósito, la prenda; y la fianza. En todos ellos, existe sólo un deudor. Deben, tanto el mutuario, el comodatario y el depositario, la restitución de la cosa que se les ha entregado. El deudor prendario, por su parte, debe la cosa empeñada para la seguridad del crédito a la que ha accedido. El fiador no tiene, salvo pacto expreso en contrario, derecho a retribución alguna por garantizar con su propio patrimonio una obligación ajena.

El contrato bilateral o sinalagmático

Es aquel contrato que genera obligaciones recíprocas para ambas partes contratantes. Es un tipo de contrato que se contrapone al contrato unilateral, en el cual sólo nacen obligaciones para una de las partes (por ejemplo, el de donación). El ejemplo más clásico es el del contrato de compraventa en que: Una parte (el vendedor) se obliga a la entrega de un bien, y la otra (el comprador) al pago de su precio; Una parte (el comprador) se obliga a pagar el precio a otra (el vendedor) que se obliga por su parte a transferir la propiedad de la cosa, situación propia del Derecho Francés.

Existen, sin embargo, multitud de contratos bilaterales, con obligaciones recíprocas, como los arrendamientos, las permutas, las prestaciones de servicios o tantos otros.

El Cuasicontrato

En una de las fuentes de las obligaciones que consiste en un hecho voluntario de la persona que se obliga, lícito, de carácter no convencional que produce obligaciones. Otra definición valida de cuasicontrato es: Hechos voluntarios y lícitos, que obligan a las personas; pero sin que haya existido un previo acuerdo de voluntades.

NORMAS: ÉTICAS, LEGALES QUE RIGEN LA CONTRATACIÓN DE ESPACIOS

Los espacios administrados por la Defensoría del Espacio Público son: Salones Comunales Públicos, estacionamientos, zonas verdes y zonas comunales. Para garantizar una adecuada administración de esos espacios públicos, este Departamento ha generado la herramienta: "Contratos de administración, mantenimiento y aprovechamiento económico de espacios públicos –CAMEP".

Los contratos de administración y mantenimiento del espacio público son un acuerdo de voluntades mediante el cual el Distrito entrega una o varias zonas de uso público a organizaciones comunitarias sin ánimo de lucro, para que éstas las administren y mantengan, a través de su aprovechamiento económico sin que tal entrega implique transferencia de dominio, ni derecho adquisitivo alguno y con el previo cumplimiento de los requisitos necesarios para tal fin.

¿Qué se debe hacer?:

Solicite en administración la zona de cesión mediante la inscripción en la base de datos de la Subdirección de Administración Inmobiliaria por internet (Link a servicio en Línea), en forma personal o a través de una carta dirigida a esta misma área, con dirección, y descripción del(os) predio(s) anexando los siguientes datos:

Nombre de la organización comunitaria.

Nombre del representante Legal.

Nombre del barrio y Localidad.

Dirección de la zona que desea administrar.

Copia del último plano aprobado por la Secretaría

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