Fundaciones
lynamg097 de Agosto de 2014
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Fundación
Organización constituida sin ánimo de lucro que, por voluntad de sus creadores, tienen afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general. Se crean bajo la naturaleza de persona jurídica de derecho privado, de las reguladas, en lo pertinente, por los artículos 633 a 652 del Código Civil Colombiano, el decreto 2150 de 1995 y demás normas concordantes.
Su creación tendrá una duración indefinida, pero podrá disolverse anticipadamente por las causas que contemplan la ley, sus objetivos persiguen fines de beneficencia, el interés o utilidad común y el mejoramiento de la calidad de vida, el bienestar común o de interés social.
La Fundación a fin de dar cumplimiento de sus fines podrá entre muchas celebrar convenios y asociarse con otras entidades sin ánimo de lucro, con organizaciones no gubernamentales u organizaciones de la sociedad civil o entidades del sector privado, realizar eventos, apoyar, patrocinar y/o facilitar la ejecución de ideas presentadas por personas o grupos, cuyos propósitos y objetivos concuerden con los de la Fundación.
Clases de Asociados:
Asociados Fundadores: las personas que idearon, promovieron, convocaron, generaron la creación de la Fundación e hicieron los primeros aportes para su conformación.
Asociados Adherentes: personas naturales y jurídicas admitidas en fecha posterior a la firma de constitución de la Fundación.
Asociados Honorarios: personas naturales y jurídicas que por sus actividades y aportes científicos y/o económicos, contribuyan de manera significativa al cumplimiento del objeto social de la institución.
Órganos de Administración
Asamblea General: es la máxima autoridad deliberante y decisoria, la constituyen los asociados fundadores y adherentes que estén en ejercicio de sus derechos.
Junta Directiva: es un órgano de gobierno permanente, elegido por la Asamblea General, está integrada por un número impar de asociados activos, con sus respectivos suplentes.
Presidente de la Junta Directiva: es el Representante legal de la Fundación y es elegido por la Junta Directiva.
Secretario General: es el responsable de la realización de las actas de la Fundación, debe por ello hacerlas firmar del presidente y presentarlas a los integrantes.
Tesorero: vela por los bienes de la Fundación, recibe los aportes de los integrantes de la Fundación, las donaciones y auxilios de entidades privadas.
Revisor Fiscal: tiene voz pero no voto, no podrá ser integrante de la Fundación en ninguna de sus modalidades, es nombrado por la Asamblea General de Fundadores y vela porque se lleven actualizadas la contabilidad, la ejecución presupuestal y las actas.
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