ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

La naturaleza

RogerXPEnsayo19 de Mayo de 2012

2.245 Palabras (9 Páginas)464 Visitas

Página 1 de 9

PLAN UNICO DE CUENTAS(Colombia)

NATURALEZA.

ARTICULO PRIMERO : CONTENIDO. El Plan Unico de Cuentas está compuesto por un Catálogo de

Cuentas y la descripción y dinámica para la aplicación de las mismas, las cuales deben observarse en el

registro contable de todas las operaciones o transacciones económicas.

ARTICULO SEGUNDO : CATALOGO DE CUENTAS. El Catálogo de Cuentas contiene la relación

ordenada y clasificada de las clases, grupos, cuentas y subcuentas del Activo, Pasivo, Patrimonio, Ingresos,

Gastos, Costo de Ventas, Costos de Producción o de Operación y de Orden.

Dicho catálogo está conformado por los códigos numéricos indicativos de cada cuenta y la denominación de

las mismas.

ARTICULO TERCERO : DESCRIPCIONES Y DINAMICAS. Las descripciones expresan o detallan los

conceptos de las diferentes clases, grupos y cuentas incluidas en el catálogo e indican las operaciones a

registrar en cada una de las cuentas.

Las dinámicas señalan la forma en que se deben utilizar las cuentas y realizar los diferentes movimientos

contables que las afecten.

FINALIDAD.

El Plan Unico de Cuentas busca la uniformidad en el registro de las operaciones económicas realizadas por los

comerciantes con el fin de permitir la transparencia de la información contable y por consiguiente, su claridad,

confiabilidad y comparabilidad.

MARCO LEGAL

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en

especial de las que le confiere el ordinal 11 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 50 y

2035 del Código de Comercio, establece las siguientes normas legales, en lo que al plan unico de cuentas

(PUC) se refiere:

ARTICULO PRIMERO : CAMPO DE APLICACION. El Plan Unico de Cuentas deberá ser aplicado por

todas las personas naturales o jurídicas que estén obligadas a llevar contabilidad, de conformidad con lo

previsto en el Código de Comercio. Dichas personas para los efectos del presente Decreto, se denominarán

entes económicos.

ARTICULO SEGUNDO : NORMAS DE APLICACION. El Plan Unico de Cuentas debe aplicarse de

conformidad con las siguientes normas:

1. EL CATALOGO DE CUENTAS. El Catálogo de Cuentas y su estructura, serán de aplicación obligatoria

y en la contabilidad no podrán utilizarse clases, grupos, cuentas o subcuentas diferentes a las previstas en el

presente Decreto.

Todas las clases, grupos, cuentas y subcuentas se identificarán con un código numérico para lo cual, deberán

utilizarse de manera preferencial los códigos contenidos en el Catálogo de Cuentas al que se refiere el

presente Decreto.

1

Sin perjuicio de lo anterior, para la identificación de las clases, grupos, cuentas y subcuentas contenidas en el

presente Decreto, se podrán utilizar internamente códigos diferentes, caso en el cual deberá elaborarse una

tabla de equivalencias para dichas codificaciones que estará a disposición de quien la solicite. En tal evento, el

ente económico dará aviso a la entidad de vigilancia correspondiente.

Las cuentas y subcuentas que correspondan a rubros identificados únicamente por el código, podrán ser

utilizadas y denominadas por el ente económico, dentro del rango establecido, dependiendo de sus

necesidades de información, conservando la misma estructura de este Plan.

2. DINAMICAS Y DESCRIPCIONES: Las dinámicas y descripciones serán de uso obligatorio y todos los

asientos contables deberán efectuarse de conformidad con lo establecido en ellas.

ARTICULO TERCERO : AUXILIARES. Adicionalmente a las subcuentas indicadas en el catálogo

señalado, se podrán utilizar las auxiliares que se requieran de acuerdo con las necesidades del ente económico,

para lo cual bastará con que se incorporen a partir del séptimo dígito.

ARTICULO CUARTO : AJUSTES POR INFLACION. Los ajustes integrales por inflación podrán

registrarse dentro de cada una de las subcuentas respectivas. En caso de que el ente económico requiera

registrarlos por separado, utilizará las subcuentas cuyos códigos terminen en 99.

ARTICULO QUINTO : ABREVIATURAS. La denominación dada a los rubros que conforman el Catálogo

de Cuentas a que se refiere el presente Decreto, podrá ser aplicada utilizando abreviaturas.

ARTICULO SEXTO : LIBROS OFICIALES. Los libros de comercio registrados deberán llevarse

aplicando los códigos numéricos y las denominaciones del Catálogo de Cuentas contenidas en el presente

Decreto.

ARTICULO SEPTIMO : INFORMES. Todo reporte o presentación de la información contable a los

administradores, a los socios, al Estado y a los terceros, deberá realizarse utilizando los códigos numéricos y

las denominaciones indicadas en el manual de cuentas contenido en el presente Decreto.

ARTICULO OCTAVO : PRESENTACION DE ESTADOS FINANCIEROS. Para efectos de

presentación de estados financieros, el ente económico los preparará debidamente clasificados en parte

corriente y no corriente, dependiendo de la realización de los activos y exigibilidad de los pasivos, conforme a

las normas vigentes sobre presentación y revelación de estados financieros.

Con el fin de facilitar la identificación que permita realizar dicha clasificación, se podrán utilizar los dígitos

auxiliares.

ARTICULO NOVENO : APLICACION GRADUAL. A partir de los estados financieros cortados a 31 de

diciembre de 1993, la presentación de los mismos deberá hacerse en su totalidad conforme al Plan Unico de

Cuentas.

El Plan Unico de Cuentas se aplicará para todas las operaciones económicas, a partir del 1o. de enero de 1994

en las sociedades mercantiles que legal o estatutariamente estén obligadas a tener revisor fiscal. El registro o

comprobante contable será obligatorio hasta el nivel de cuatro dígitos.

A partir del 1o. de enero de 1995, el Plan Unico de Cuentas será obligatorio en su integridad para todas las

personas naturales o jurídicas obligadas a llevar contabilidad de acuerdo con lo dispuesto en el Código de

Comercio.

CÓDIGOS EN EL CATALOGO DE CUENTAS

ARTICULO PRIMERO : La codificación del Catálogo de Cuentas está estructurada sobre la base de los

siguientes niveles:

Clase : El primer dígito.

Grupo : Los dos primeros dígitos.

Cuenta : Los cuatro primeros dígitos.

Subcuenta : Los seis primeros dígitos.

Las clases que identifica el primer dígito son:

Clase 1 : Activo.

Clase 2 : Pasivo.

Clase 3 : Patrimonio.

Clase 4 : Ingresos.

Clase 5 : Gastos.

Clase 6 : Costos de Ventas.

Clase 7 : Costos de Producción o de Operación.

Clase 8 : Cuentas de Orden Deudoras.

Clase 9 : Cuentas de Orden Acreedoras.

Las clases 1, 2 y 3 comprenden las cuentas que conforman el Balance General; las clases 4, 5, 6 y 7

corresponden a las cuentas del Estado de Ganancias o Pérdidas o Estado de Resultados y las clases 8 y 9

detallan las Cuentas de Orden.

CATALOGO DE CUENTAS

CODIGO DENOMINACION

1 ACTIVO

11 DISPONIBLE

1105 CAJA

1110 BANCOS

1115 REMESAS EN TRANSITO

1120 CUENTAS DE AHORRO

1125 FONDOS

12 INVERSIONES

1205 ACCIONES

1210 CUOTAS O PARTES DE INTERES SOCIAL

1215 BONOS

1220 CEDULAS

1225 CERTIFICADOS

1230 PAPELES COMERCIALES

1235 TITULOS

1240 ACEPTACIONES BANCARIAS O FINANCIERAS

1245 DERECHOS FIDUCIARIOS

1250 DERECHOS DE RECOMPRA DE INVERSIONES NEGOCIADAS (REPOS)

1255 OBLIGATORIAS

1260 CUENTAS EN PARTICIPACION

1295 OTRAS INVERSIONES

1299 PROVISIONES

13 DEUDORES

1305 CLIENTES

1310 CUENTAS CORRIENTES COMERCIALES

1315 CUENTAS POR COBRAR A CASA MATRIZ

1320 CUENTAS POR COBRAR A VINCULADOS ECONOMICOS

1325 CUENTAS POR COBRAR A SOCIOS Y ACCIONISTAS

1328 APORTES POR COBRAR

1330 ANTICIPOS Y AVANCES

1332 CUENTAS DE OPERACION CONJUNTA

1335 DEPOSITOS

1340 PROMESAS DE COMPRA VENTA

1345 INGRESOS POR COBRAR

1350 RETENCION SOBRE CONTRATOS

1355 ANTICIPO DE IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES O SALDOS A FAVOR

1360 RECLAMACIONES

1365 CUENTAS POR COBRAR A TRABAJADORES

1370 PRESTAMOS A PARTICULARES

1380 DEUDORES VARIOS

1385 DERECHOS DE RECOMPRA DE CARTERA NEGOCIADA

1390 DEUDAS DE DIFICIL COBRO

1399 PROVISIONES

14 INVENTARIOS

1405 MATERIAS PRIMAS

1410 PRODUCTOS EN PROCESO

1415 OBRAS DE CONSTRUCCION EN CURSO

1417 OBRAS DE URBANISMO

1420 CONTRATOS EN EJECUCION

1425 CULTIVOS EN DESARROLLO

1430 PRODUCTOS TERMINADOS

1435 MERCANCIAS NO FABRICADAS POR LA EMPRESA

1440 BIENES RAICES PARA LA VENTA

1445 SEMOVIENTES

1450 TERRENOS

1455 MATERIALES, REPUESTOS Y ACCESORIOS

1460 ENVASES Y EMPAQUES

1465 INVENTARIOS EN TRANSITO

1499 PROVISIONES

15 PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO

1504 TERRENOS

1506 MATERIALES PROYECTOS PETROLEROS

1508 CONSTRUCCIONES EN CURSO

1512 MAQUINARIA Y EQUIPOS EN MONTAJE

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (19 Kb)
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com