Presentacion De Las Consignaciones El En Balance General
Enviado por cokifani • 25 de Septiembre de 2011 • 333 Palabras (2 Páginas) • 1.249 Visitas
Según el Articulo 2 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas expresa:
“Las cooperativas son asociaciones abiertas y flexibles, de hecho y derecho cooperativo, de la Economía Social y Participativa, autónomas, de personas que se unen mediante un proceso y acuerdo voluntario, para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes, para generar bienestar integral, colectivo y personal, por medio de procesos y empresas de propiedad colectiva, gestionadas y controladas democráticamente”.
Por lo cual, Las cooperativas, a diferencia de las compañías anónimas, se refieren a sociedades de personas, no de capitales. Su conformación se fundamenta en la igualdad de derechos de sus integrantes en cuanto a la gestión social
Por eso el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) informó que las cooperativas o empresas de gestión social, están exentas del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la ley que rige este tributo.
“…Las instituciones benéficas y de asistencia social, siempre que sus enriquecimientos
se hayan obtenido como medio para lograr los fines antes señalados; que en ningún
caso, distribuyan ganancias, beneficios de cualquier naturaleza o parte alguna de su
patrimonio a sus fundadores, asociados o miembros y que no realicen pagos a título de
reparto de utilidades o de su patrimonio…”
El Seniat especifica que, si las cooperativas se dedicaran a actividades distintas a las que le son propias, actividades éstas incluidas dentro del rango del libre comercio, lo que las alejaría de los fines originarios por los cuales fueron creadas, pudieran estar en la obligación de pagar el ISLR, por concepto de las actividades ejercidas fuera de su contexto que encuadrarían en la calificación de rentas sujetas a la cancelación de este impuesto, permaneciendo exentas sólo las relacionadas.
Por eso las cooperativas están en la obligación de presentar la declaración, para que el SENIAT pueda conocer la realidad de sus operaciones y así determinar lo que está exento y lo que podría estar sujeto a pago del ISLR.
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