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En Lugar De La Revocatoria, El Juez Podrá Ampliar El Plazo De La Suspensión Condicional Hasta Por Dos años más. Esta Extensión Del término Puede Imponerse sólo Por Una Vez. Si La víctima Ha Recibido Pagos Durante La Suspensión Condicional Del P


Enviado por   •  15 de Julio de 2013  •  305 Palabras (2 Páginas)  •  533 Visitas

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En lugar de la revocatoria, el juez podrá ampliar el plazo de la suspensión

condicional hasta por dos años más. Esta extensión del término puede imponerse

sólo por una vez.

Si la víctima ha recibido pagos durante la suspensión condicional del proceso que

posteriormente es revocada, ellos se destinarán a la indemnización por daños y

perjuicios que le pudiere corresponder.

Artículo 216. Cesación provisional de los efectos de la suspensión condicional del

proceso.

La obligación de cumplir con las condiciones establecidas y el plazo de

suspensión cesarán mientras el imputado esté privado de su libertad por otro

proceso. Pero se reanudaran una vez que obtenga su libertad.

Si el imputado está sometido a otro proceso y goza de libertad, la obligación de

cumplir con las condiciones y el plazo seguirán su curso, pero no podrá decretarse

la extinción de la acción penal sino cuando quede firme la resolución que lo exime

de responsabilidad por el nuevo hecho.En lugar de la revocatoria, el juez podrá ampliar el plazo de la suspensión

condicional hasta por dos años más. Esta extensión del término puede imponerse

sólo por una vez.

Si la víctima ha recibido pagos durante la suspensión condicional del proceso que

posteriormente es revocada, ellos se destinarán a la indemnización por daños y

perjuicios que le pudiere corresponder.

Artículo 216. Cesación provisional de los efectos de la suspensión condicional del

proceso.

La obligación de cumplir con las condiciones establecidas y el plazo de

suspensión cesarán mientras el imputado esté privado de su libertad por otro

proceso. Pero se reanudaran una vez que obtenga su libertad.

Si el imputado está sometido a otro proceso y goza de libertad, la obligación de

cumplir con las condiciones y el plazo seguirán su curso, pero no podrá decretarse

la extinción de la acción penal sino cuando quede firme la resolución que lo exime

de

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