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mastow14 de Enero de 2013
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derecho a servicios de formación profesional y a participar en la elaboración, ejecución y gestión de programas específicos de capacitación, servicios de asistencia técnica y financiera que fortalezcan sus actividades económicas en el marco del desarrollo local sustentable.
Artículo 125. Los pueblos indígenas tienen derecho a la participación política. El Estado garantizará la representación indígena en la Asamblea Nacional y en los cuerpos deliberantes de las entidades federales y locales con población indígena, conforme a la ley.
MODO ESCRUTINIO CONSECUENCIAS POLITICA
El escrutinio es el momento crucial de recuento de votos en una elección. En las elecciones para ocupar cargos estatales el sistema está especialmente reglamentado y controlado para evitar el fraude electoral. Básicamente existen dos sistemas de escrutinio: escrutinio manual y escrutinio electrónico.
El escrutinio manual se realiza básicamente en tres etapas sucesivas:
* Conteo voto por voto de cada urna en la mesa
* Escrutinio provisorio de los telegramas
* Escrutinio definitivo
El escrutinio electrónico (voto electrónico), aún no se ha generalizado, y además de existir cuestiones de gasto excesivo para muchos países, ha generado también críticas sobre los mecanismos de control del conteo.
Finalizada la elección, la mesa electoral se cierra y el presidente de la misma (usualmente un ciudadano designado por sorteo) y los fiscales de cada partido que controlan la mesa, se reúnen a solas para proceder al conteo de cada voto.
En este recuento la única autoridad es el presidente de mesa, que es quien decide si algún voto debe ser declarado nulo o en blanco. Los fiscales no pueden tomar decisiones, y sólo pueden impugnar ciertos votos o recurrir decisiones del presidente de mesa, sobre votos concretos.
Finalizado el conteo de todos los votos, los resultados se colocan en un acta, que firma el presidente de la mesa y los fiscales de los partidos políticos presentes. Debido a que la firma del fiscal implica la aceptación por parte del partido político del contenido del acta, en adelante no se podrán cuestionar ni impugnar votos o cuestiones que no hayan sido planteadas por los fiscales en cada mesa.
CONSECUENCIAS SOCIO POLITICAS
Para llegar al sufragio universal, se tuvo que recorrer un largo camino durante el cual, en la mayoría de los países, se limitó el ejercicio de los derechos políticos en favor de grupos. Se tiene conocimiento de que en épocas pretéritas existían distintas limitaciones al derecho de voto, toda vez que de los padrones electorales se excluían a quienes no reunían ciertos requisitos. De entre esas modalidades al voto mencionaremos, las que se configuraron por estimaciones económicas, en las que se condicionaba el otorgamiento del derecho a votar mediante la comprobación de un ingreso; y aquellos que no acreditaban una determinada renta anual, no eran registrados en los padrones electorales, quedando por tanto sin posibilidad de votar.
En otros casos, por razones que se decían educativas, dieron como resultado que se negara el voto a los analfabetas. También por motivos racistas, en ciertos países no se les reconocía el derecho de voto a los miembros de ciertos grupos como los judíos o los negros.
Sistema electoral proporcionado
Se puede definir como el conjunto de normas y procedimientos por el cual se transforma la voluntad popular (en forma de votos) en representación parlamentaria (escaños). Dependiendo del modo en que se formalice el recuento de los votos, el sistema electoral será mayoritario o proporcional. Dentro de los primeros, podemos distinguir entre los sistemas mayoritarios a una vuelta, con dos subtipos
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