Costo Fijo
dianelyta2522 de Junio de 2012
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COSTOS FIJOS
DEFINICIÓN:
Costos que se refieren al costo de posesión de la maquina y su funcionamiento para tenerla en estado óptimo de mantenimiento. Según el artículo 164, los costos fijos son los correspondientes a Depreciación, Inversión, Seguros y Mantenimiento.
Costo de Propiedad
El costo de propiedad que se forma de los costos de Depreciación + Inversión tiene una incidencia especial en las obras:
Carreteras 29.8%
Aeropistas 30.9%
Vías Férreas 22.7%
Muelles 24.1%
Escolleras 31.2%
DEPRECIACIÓN (D)
Según el artículo 165, es el que resulta por la disminución del valor original de la maquinaria o equipo de construccion, como consecuencia de su uso, durante el tiempo de su vida económica. Se considerará una depreciación lineal, es decir que la maquinaria o equipo de construccion se deprecia en una misma cantidad por unidad de tiempo.
Este costo se obtiene con la siguiente expresión:
D= (Vm-Vr)/Ve
Donde:
D= Costo horario por depreciación de la maquinaria o equipo de construcción.
Vm= Valor de la máquina o equipo considerado como nuevo en la fecha de presentación y apertura de la propuesta técnica, descontando el valor de las llantas y de los equipamientos y/o accesorios especiales, en su caso.
Vr= Valor de rescate de la máquina que el contratista considere recuperar por su venta, al término de su vida económica.
Ve= Vida económica de la máquina estimada por el contratista y expresada en horas efectivas de trabajo.
Criterios:
Valor de Adquisición (Vm)
Fuente: Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC)
Listado de precios de maquinaria
Libro de costos de maquinaria
Llevando a cabo la actualización de los precios de las máquinas utilizando los precios de la maquinaria que publica la misma CMIC.
Valor de Rescate (Vr)
Generalmente utilizado: 20%
Aspectos a considerar: Constitución, Versatilidad y Vida Económica de la máquina.
Vida Económica (Ve)
Generalmente considerada: 5 años.
Aspectos a considerar: Constitución y Trabajo proporcionado a la máquina.
INVERSIÓN (I)
Según el artículo 166, el costo de inversión es equivalente a los intereses del capital invertido en la maquinaria como consecuencia de su uso, durante el tiempo de su vida económica.
Se obtiene por la siguiente expresión:
Im= (Vm+Vr)/2 ( i/Hea)
Donde:
Im= Costo horario de la inversión de la maquinaria o equipo de construccion considerado como nuevo.
Vm y Vr= Representan los mismos conceptos y valores enunciados en el artículo 165 de este reglamento.
Hea= Número de horas efectivas que la máquina trabaja durante el año.
i= Tasa de interés anual expresada en fracción decimal.
Criterios:
Tasa de Interés (i)
Aspectos a Considerar:
Tasa Real (Tasa Nominal – Inflación).
Tasa que efectivamente se esté usando.
SEGUROS (S)
Según el artículo 167, el costo por seguros es aquel que cubre los riesgos a que está sujeta la maquinaria por siniestros que sufra. Este costo forma parte del costo horario, ya sea que la maquinaria se asegure por una compañía aseguradora, o que la empresa constructora decida hacer frente, con sus propios recursos.
Se obtiene por la siguiente expresión:
Sm= (Vm+Vr)/2 ( s/Hea )
Donde:
Sm= Costo horario por seguros de la maquinaria o equipo de construccion.
Vm y Vr= Representan los mismos conceptos y valores enunciados en el artículo 165 de este reglamento.
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