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ANÁLISIS CRITICO: PERSONALIDAD JURÍDICA


Enviado por   •  7 de Febrero de 2023  •  Ensayos  •  901 Palabras (4 Páginas)  •  46 Visitas

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Karla Nadine Berthome

Teoría del proceso

Análisis Critico

Licenciatura en Derecho

Profesor Ian Guadarrama

24/01/23

ANÁLISIS CRITICO: PERSONALIDAD JURÍDICA

Introducción

Hay dos momentos en la vida donde nos cuestionamos demasiadas cosas tanto éticas como jurídicos, debido a que aún hoy en día no termina la investigación sobre estos dos asuntos, cuyos son el inicio “de la vida humana” y su final o mejor reconocida como su salida “la muerte”.

 El autor nos menciona que los confines de la vida son una parte problemática de la cual deberíamos tener cuidado debido a que es donde se encuentra la mayor parte de los problemas morales “realidad humana”. Este trabajo se enfoca principalmente en el estudio jurídico de la personalidad, tanto en su inicio como en su final.

Desarrollo

El autor comienza la investigación a partir de la época de Roma, debido a que se encontraban dos categorías de hombres: hombres “libres”, no dependían de la potestad de otro, como diría el autor, “dueños de sí mismo” pero esto se diría teóricamente, ya que aun así tenían que rendirle cuentas a una persona además del paterfamilias el cual era el rey y la segunda categoría eran los esclavos quienes no tenían personalidad jurídica además que estaban bajo la potestad de señores.

Pero después nos menciona que se encontraban tres estados de personalidad: la libertad, ciudadanía y pertenencia a una familia. Además, también teníamos tres grados máximos que era la perdida de la libertad, ciudadanía y familia, medio que era la perdida de la ciudadanía además de familia y por último mínimo el cual solo era la perdida de la familia.

En la pubertad los infantes menores de siete años no tenían la capacidad para intervenir en actos del derecho, además que no tenían responsabilidad delictual y los mayores a siete años, pero menores de catorce y doce, respondían a delitos, podían aceptar a una herencia y tenían una disminución o carga patrimonial.

Los romanos también le otorgaban derechos a los “no nacidos, los que están en el útero, se reputan en casi todo derecho civil que son como nacidos”. Es decir, este bebe que apenas se estaba formando ya era considerado como una persona que tenía derecho a la herencia, que sea custodiada su herencia, podía ser heredero y tenía derecho a un nombre. Esta parte me frustro en un sentido, ya que ¿Por qué algo que apenas se está formando principalmente ya podría ser heredero? ¿Y si este no nace? Se podía perder la personalidad jurídica en ese entonces, ya sea por muerte, esclavitud, perdida de ciudadanía y perdida de ser siu iuris.  

Posteriormente, los estudios nos mencionan que la personalidad jurídica es una materia reservada a la autoridad Estatal. Según Ferrera, “el hombre es una persona no por naturaleza, sino por obra del derecho”, esto me hizo dudar en general si esto era teóricamente cierto o no debido a que el hombre es un punto central del derecho, cuyo solo existe para ordenar relaciones humanas.

La personalidad jurídica inicia a partir del momento en el que nacemos, pero según pacheco Escobedo esta inicia desde la concepción o fecundación. La teoría del nacimiento es la que está más acorde, ya que suponen un reconocimiento de su existencia jurídica.

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