AntecedentesMP
Rodrigo117986918 de Noviembre de 2013
3.478 Palabras (14 Páginas)231 Visitas
Introducción
Hoy día es la seguridad pública la prioridad número uno de la población, en la idea de que la incidencia delictiva se ha elevado, y por otra parte las autoridades de procuración y administración de justicia se encuentran rebasadas; para los delincuentes existe un ambiente de impunidad, lo que conlleva a un cambio de sustancial en el ámbito de la procuración y administración de justicia.
El procedimiento penal encuentra su impulso en el ministerio público, que es la institución que por disposición constitucional debe de investigar y perseguir los delitos y a sus responsables, pero al mismo tiempo colabora con la constitución política y las leyes en los juicios en los que interviene a su vez es representante legal de la federación en los juicios en los que es parte o tiene sus intereses jurídicos.
haciendo una evaluación sobre la situación actual del ministerio público a pesar de sus avances, está ciertamente politizado, corrompido, saturado, retrasado, y rebasado por esta razón se tiene un cierto desacreditamiento social.
Las correlaciones que existen entre estas instituciones y la acción recíproca que tiene lugar entre ellas y las sanciones legales existentes en un momento dado crean innumerables problemas, en cuya solución intervienen elementos de la historia jurídica, en estos problemas – situaciones, puede observarse el juego recíproco de fuerzas impersonales, así como los esfuerzos incesantes, realizados por el hombre en el uso deliberado de medios para la obtención de fines, aplicados en la realidad o con la esperanza de poder modificar el curso de la vida. La narración de cualquier caso de derecho es un documento humano. Iluminado con apenas una pizca de imaginación, aun los vocablos técnicos de un volumen enmohecido delinean un vivido drama. Los muertos despiertan a su conjuro; Los contendientes pelean encarnizadamente por las cosas que valoran; Fuerzas poderosas penetran en la sala del tribunal y empujan a los actores a que apelen, en su defensa a lo mejor de sí mismos. El fallo final, redactado deliberadamente, puede ocultar dentro de su forma austera, una verdadera lucha por la vida.
Antecedentes Del Ministerio Público
El ministerio público, a la luz de la doctrina es una de las instituciones con mayor especulación donde algunos le adjudican su nacimiento en la antigua organización jurídica de Grecia, Roma, Italia.
En Francia se extendió a Alemania y pasó sucesivamente a casi todos los países del mundo como representante de los grandes valores morales, sociales y materiales del estado, surgió como instrumento de la persecución del delito ante los tribunales, en calidad de agente del interés social.
De ahí que se le denomine “Representante Social”. Las sociedades aspiran a una adecuada impartición de justicia a través de instituciones especializadas en la solución de conflictos. En el caso de las acciones delictuosas, se busca que la persecución del responsable esté a cargo de personas ajenas a la infracción, es decir especialistas que actúen en representación de todos aquellos que en forma directa o indirecta resultan lesionados. El ministerio público se ha instaurado en pueblos cultos, considerándolo como una magistratura independiente. Su misión implica el estricto cumplimiento de la ley, en una etapa anterior se optó por delegar en el juez la labor de persecutoria de los delitos, lo que concentra dos funciones (juez y parte) en un solo ”órgano.
Lo que desplazó a la creación de un solo órgano público encargado de la acusación ante el poder jurisdiccional”.El ministerio público responde actualmente a un imperativo social. Su funcionamiento como organismo especializado para la buena impartición de justicia. A esto se le agrega la de la equidad y la de mas elemental convivencia, esto es: la separación de las atribuciones del solicitante, por un lado; y las de quien debe de resolver la procedencia de dicha solicitud, por otro lado de quien acusa; y de quien falla, así evitar la parcialidad en el ejercicio de la jurisdicción. La importancia y trascendencia de las funciones actuales de esta institución son esenciales para la vida de la sociedad, Toda vez que comprende la dirección y/o defensa de los intereses del Poder Ejecutivo, de la sociedad y también los derechos individuales.
Grecia
Los magistrados intervenian en los juicios y tenían a su cargo la tarea de representar a los individuos que por algún motivo presentaban una reclamación en contra de sus semejantes.
Roma
se habla de algunas instituciones que podrían ser asimiladas al Ministerio Público como los Judice Questiones, Curiosis Estationari, Irenarcas, Advocati Fisci y los Procuratores Caesaris, estos incluso figuraban en la ley de las XII Tablas y tenían facultes policíacas y de persecución de los criminales.
Francia
La monarquía francesa del siglo XIV es la que da origen a la figura del Ministerio Público como hoy la conocemos pues con ella se crean de los Procuradores y de los Abogados del Rey a quienes se le encargaban la defensa del príncipe.
Así, el procurador se encargaba de los actos de procedimiento y el abogado del litigio, en donde estuvieran en pugna los intereses del monarca o las personas que estuvieran bajo su protección. Había ocasiones en que estos procuradores tenían que actuar en jurisdicciones penales en los que se establecían penas como las multas y las confiscaciones de bienes, esto fue generando cambios en su naturaleza hasta que llegaron a convertirse en representantes del Estado y no del Rey. La institución del Ministerio Público aparece registrada por primera vez en el Código del Tercer Brumario del año IV, la que posteriormente fue copiada por lo redactores del Código de Procedimiento Criminal del año 1808 siendo de esta manera que se establece oficialmente y por primera vez que la acusación tenía que hacerse y mantenerse en cada tribunal por funcionarios calificados.
Siendo la Codificación Napoleónica la que definitivamente crea y le da un carácter legal a esta institución y a partir de la cual se expande alrededor del mundo, incluyendo gran parte de los países latinoamericanos entre los que se encuentra La República Dominicana quien por años ha utilizado estos códigos y es por esto, que esta figura en nuestro derecho tiene su origen en Francia.
El Attorney General angloamericano. Su creación data de 1277 en Inglaterra. Elegido y nombrado por el rey entre los juristas más notables del reino, el Attorney General era el funcionario responsable de los asuntos legales de la Corona. Asimismo, le corresponde fungir como asesor jurídico del gobierno; ejercer la acción penal en aquellos delitos que afectan la seguridad del Estado; y perseguir los delitos de carácter fiscal. En los Estados Unidos el Attorney General aparece por primera vez en la Ley de Organización Judicial de 1789. Poco después, en 1792, se le da jerarquía de miembro integrante del gabinete. No tarda en crearse, dada la importancia de su labor y número creciente de asuntos sometidos a su atención, el Departamento de Justicia, siempre bajo su dirección.
Aun cuando en la actualidad es por demás complejo su esquema de responsabilidades, sigue destacando en forma especial la de asesoría jurídica y la coordinación de las oficinas más importantes del ramo. También asume la representación del Gobierno de los Estados Unidos ante los organismos judiciales. Y si bien es el Solicitor General (Procurador General) quien representa al Gobierno Federal ante la Suprema Corte, lo hace bajo la dirección del Attorney General. Por otra parte, tratándose de delitos federales que ponen en peligro la seguridad del Estado, compete al Attorney General delegar en un sector de su despacho la acción de órgano acusador.
c) El Ministerio Fiscal español. El tratadista Isidro Montiel y Duarte declara que en España una ley del Fuero Juzgo marca el origen del Ministerio Público Fiscal en este país la cual dice: “que no traten ellos (el Rey y los Obispos) el pleito por sí, más por sus mandaderos” (Lib. 1-Tít. 3 Lib. 2-F.J.).
Pasado algún tiempo encontramos a los llamados Patronus Fisci, los cuales eran hombres designados para defender los derechos de la Cámara del Rey. Más tarde estos funcionarios son denominados procuradores fiscales, ampliándose a su vez la gama de funciones a ellos encomendada; así, por ejemplo, queda a su cargo actuar como órgano acusador de determinadas conductas delictuosas. Finalmente Joaquín Escriche conceptúa al Ministerio Fiscal como una “Magistratura que tiene por objeto velar por el interés del Estado y de la sociedad en cada Tribunal, promoviendo la represión de los delitos, la defensa judicial de los intereses del Estado y la observancia de las leyes que determinan la competencia de los Tribunales”. La característica hispánica de esta institución radica fundamentalmente en integrar a los fiscales (Ministerio Público) a los organismos judiciales. En el Fuero Juzgo se encuentran disposiciones que hacen referencia a los “personeros del rey”, representantes de éste y defensores de los intereses de la Corona. Las leyes de Partidas se referían a los “personeros” y a los “patrones del Fisco”. Específicamente la Ley 12 Tit. 18 Part. 4 habla de un funcionario público encargado de negocios judiciales, “home puesto para razonar e defender en juicio todas las cosas e los derechos que pertenecen a la Cámara del Rey”. Tales funcionarios no intervenían en las causas criminales.
...