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CANCIONES EN INGLES


Enviado por   •  5 de Diciembre de 2013  •  564 Palabras (3 Páginas)  •  487 Visitas

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Adolescentes Comuna 8 Lugano- Piedrabuena, Región Suroeste, sita en Cafayate 5230. Organismo Descentralizado del Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; tres escuelas donde acuden los niños, niñas y adolescentes que viven en el complejo habitacional y las que tendrán rol de difusión por corresponder a las actividades que realizan la Fundación; Kanaimá y la Federación Caballito (ONGs cooperantes); Autopistas Urbanas S.A. AUSA. Organizaciones de la Sociedad Civil; la participación activa de niños, niñas y adolecentes y sus familias, y los medios de comunicación.

Cabe destacar que la Fundación “Por SOLDATI SANA”, tiene a su cargo como actividad de atención directa el “Jardín el Portal Mágico”. Inscripto al Registro de Instituciones Educativas Asistenciales (RIERA) Nº 167, Dirección General de Educación de Gestión Privada. Gobierno de la Ciudad Autónoma Buenos Aires, sito en Tejedor 470 CABA.

Se propone un período de trabajo de 1 año, desde marzo de 2013 hasta febrero de 2014, fecha en que quedará capacidad instalada y elaborado un informe final que permita en lo sucesivo replicar las buenas prácticas.

Localización

Complejo Habitacional ubicado en Avenida Lacarra. Entre Avenida General Francisco Fernández de la Cruz y Coronel Roca, de Villa Soldati, lindante al predio ubicado bajo la Autopista 7 Presidente Héctor J. Cámpora, de Avenida Lacarra 3300/3550 que limita con las vías del ferrocarril de la Línea Belgrano Sur (extensión aproximada de 50 metros de ancho por 250 metros de largo) utilizado por el Ministerio del Interior, Policía Federal, específicamente Comisarías 12, 50, 3, 4, 11, 42, 40 y 44, y cuerpo de Policía de Tránsito, como depósito judicial de automóviles o para el resguardo de vehículos secuestrados.

Elementos Diagnósticos. Antecedentes.

La instalación del depósito de vehículos secuestrados, abandonados, perdidos o decomisados o “cementerio de automóviles”, data del mes de julio del año 2008.

La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires ha recibido denuncias de los habitantes del complejo habitacional lindante, en mérito a lo cual el Organismo, atento sus facultades constitucionales, ha dictado la resolución 2962 del año 2011, recomendando al gobierno de la Ciudad ejercer el Poder de Policía en materia ambiental para desmantelar el predio, ínterin extraer elementos contaminantes; gestionar la realización de estudios de suelo; disponer medios que resuelvan las situaciones gravosas, y poner en conocimiento de lo resuelto a organismos y programas gubernamentales.

Como antecedente la Defensoría del pueblo había intervenido ante el emplazamiento de los “cementerios de automóviles” de Villa 20, playa de General Fernández de la Cruz lindante al barrio, y el asentamiento poblacional “Rodrigo

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