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Comercio Internacional

geilimarlinares26 de Noviembre de 2013

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.- La Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI)

 Definición

Es el foro de integración más antiguo de América Latina. Sus orígenes se remontan a 1960, cuando se creó la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC), que fue modificada en 1980 con el Tratado de Montevideo que dio nacimiento a la ALADI.

La ALADI es la casa de integración de:

 Los países de la Comunidad Andina (CAN): Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela.

 Los países del MERCOSUR: Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay.

 Chile

 México.

Estos países representan el 95% del Producto Interior Bruto, el 87% del territorio y el 86% de la población de América Latina y el Caribe.

En el marco del Tratado de Montevideo se alcanzaron a más de 80 acuerdos bilaterales y subregionales en materia comercial y otras áreas, pero a partir de 1990 la integración tomó un nuevo impulso mediante la adopción de acuerdos de ‘nueva generación' y la redefinición del enfoque político de la integración.

En agosto de 1998 se completó la firma de 11 Acuerdos de Complementación Económica, que concluirán con la creación de una zona de libre comercio entre los 11 países miembros de la ALADI en el año 2005. Paralelamente se definió un nuevo enfoque político del proceso integrador para reforzar la integración económica, política y cultural.

 Importancia.

La tendencia mundial desde hace algunos años es formar bloques económicos en los países, con intereses similares, o cercanos geográficamente, este con el fin de buscar un mejor posicionamiento en la escena internacional. Aunado a esto, las crisis por las que ha pasado el mundo en los últimos tiempos, llevan a buscar soluciones conjuntas para así, dar una respuesta efectiva y eficiente a los problemas planteados.

Estos bloques nacieron por la necesidad de tener socios comerciales comunes, los cuales estuvieran cercanos geográficamente, a fin de tener un intercambio comercial un poco más diversificado, también por a necesidad de estrechar vínculos comunes culturalmente, así como de consolidar la identidad de una región en América; lo que buscan es integrarse en materia de Economía, es decir, hacer negociaciones que le permitan tener los precios arancelarios bajos, lo cual significará el aumento de la producción tanto de la economía como de la productividad económica.

Con estos acuerdos, los productos de todos los países, consiguieron un acceso preferencial al mercado latinoamericano, a la vez que se obtuvo la oportunidad de importar materias primas y bienes de capital de MERCOSUR a costos más bajos según lo establecido en el TLC. Dichos acuerdos se establecen para llegar a su vez a acuerdos bilaterales, denominados acuerdos de complementación económica, firmados entre Mercosur y cada país asociado.

En dichos acuerdos se establece un cronograma para la creación de una zona de libre comercio con los países del MERCOSUR y la gradual reducción de las tarifas arancelarias entre el MERCOSUR y los países firmantes. Además de participar en calidad de invitados a la reuniones de los organismos del MERCOSUR y efectuar convenios sobre materias puntuales.

 Estructura

La estructura de la ALADI está conformada por los siguientes organismos:

1- Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores: Es el órgano supremo de la institución e instancia de conducción política superior integrada por los Ministros de Relaciones Exteriores de los Estados partes o sus equivalentes en caso de que no exista el cargo propiamente tal. Es convocado por el Comité de Representantes y tienen las siguientes atribuciones:

 Dictar normas generales que tiendan al mejor cumplimiento de los objetivos de la asociación, así como al desarrollo armónico del proceso de integración.

 Examinar el resultado de las tareas cumplidas por la Asociación.

 Adoptar medidas correctivas de alcance multilateral de acuerdo con las recomendaciones adoptadas por la Conferencia en los términos del artículo 33, literal a) del presente Tratado.

 Establecer las directivas a las cuales deberán ajustar sus labores los restantes órganos de la Asociación.

 Fijar las normas básicas que regulen las relaciones de la Asociación con otras asociaciones regionales, organismos o entidades internacionales.

 Revisar y actualizar las normas básicas que regulen los acuerdos de convergencia y cooperación con otros países en desarrollo y las respectivas áreas de integración económica.

 Tomar conocimiento de los asuntos que le hayan sido elevados por los otros órganos políticos y resolverlos.

 Delegar en los restantes órganos políticos la facultad de tomar decisiones en materias específicas destinadas a permitir el mejor cumplimiento de los objetivos de la Asociación.

 Aceptar la adhesión de nuevos países miembros.

 Acordar enmiendas y adiciones al Tratado en los términos del artículo 61.

 Designar al Secretario General y Establecer su propio Reglamento.

2- Conferencia de Evaluación y Convergencia: Integrada por plenipotenciarios de los países miembros, tiene como función evaluar el proceso de integración, promover el proceso de negociación entre los países asociados y recomendar al Consejo medidas multilaterales. Se reúne cada 3 años o cuando es necesario por el Comité. Sus atribuciones son:

 Examinar el funcionamiento del proceso de integración en todos sus aspectos, y la convergencia de los acuerdos de alcance parcial, a través de su multilateralizarían progresiva, así como recomendar al Consejo la adopción de medidas correctivas de alcance multilateral.

 Promover acciones de mayor alcance en materia de integración económica.

 Efectuar revisiones periódicas de la aplicación de los tratamientos diferenciales, que tengan en cuenta no sólo la evolución de la estructura económica de los países y consecuentemente su grado de desarrollo, sino también el aprovechamiento efectivo que hayan realizado los países beneficiarios del tratamiento diferencial aplicado, así como de los procedimientos que busquen el perfeccionamiento en la aplicación de dichos tratamientos.

 Evaluar los resultados del sistema de apoyo a los países de menor desarrollo económico relativo y adoptar medidas para su aplicación más efectiva.

 Realizar las negociaciones multilaterales para la fijación y profundización de la preferencia arancelaria regional.

 Propiciar la negociación y concertación de acuerdos de alcance regional en los que participen todos los países miembros y que se refieran a cualquier materia objeto del presente Tratado, conforme a lo dispuesto en el artículo 6.

 Cumplir con las tareas que le encomiende el Consejo.

 Encargar a la Secretaría los estudios que estime convenientes.

 Aprobar su propio Reglamento.

3- Comité de Representantes: Es el organismo político permanente y foro de negociaciones entre los países integrantes y terceros. Entre sus funciones están la de tomar las medidas y acciones necesarias para la ejecución del Tratado, arbitrar entre los países miembros y crear organismos auxiliares (14 en total a la fecha). Se reúne cada 15 días. Sus atribuciones según el artículo 35 del tratado son las siguientes:

a) Promover la concertación de acuerdos de alcance regional, en los términos del artículo 6 del presente Tratado y, con ese fin, convocar reuniones gubernamentales por lo menos anualmente, con el objeto de:

I. Dar continuidad a las actividades del nuevo proceso de integración.

II. Evaluar y orientar el funcionamiento del proceso.

III. Analizar y promover medidas para lograr mecanismos más avanzados de integración.

IV. Emprender negociaciones sectoriales o multisectoriales con la participación de todos los países miembros, para concertar acuerdos de alcance regional, referidos básicamente a desgravaciones arancelarias.

b) Adoptar las medidas necesarias para la ejecución del presente Tratado y de todas sus normas complementarias.

c) Reglamentar el presente Tratado.

d) Cumplir con las tareas que le encomienden el Consejo y la Conferencia.

e) Aprobar el programa anual de trabajos de la Asociación y su presupuesto anual.

f) Fijar las contribuciones de los países miembros al presupuesto de la Asociación.

g) Aprobar, a propuesta del Secretario General, la estructura de la Secretaría.

h) Convocar al Consejo y a la Conferencia.

i) Representar a la Asociación ante terceros países.

j) Encomendar estudios a la Secretaría.

k) Formular recomendaciones al Consejo y a la Conferencia.

l) Presentar informes al Consejo acerca de sus actividades.

m) Proponer fórmulas para resolver las cuestiones planteadas por los países miembros, cuando fuera alegada la inobservancia de algunas de las normas o principios del presente Tratado.

n) Apreciar multilateralmente los acuerdos parciales que celebren los países en los términos del artículo 25 del presente Tratado.

o) Declarar la compatibilidad de los acuerdos parciales que celebren los países miembros en los términos del artículo 27 del presente Tratado.

p) Crear órganos auxiliares.

q) Aprobar su propio Reglamento.

r) Atender los asuntos de interés común que no sean de la competencia de los otros órganos de la Asociación.

Por último, cabe destacar, que todas las decisiones

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