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Enviado por   •  16 de Enero de 2012  •  456 Palabras (2 Páginas)  •  758 Visitas

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1.1 Promoción de incidente de nulidad de actuaciones.

actor Vsdemandado--------------------------------------------JUICIO ORDINARIO CIVILExpediente número: 1010/2009Incidente de nulidad de actuaciones

C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL EN SALTILLO COAHUILA.demandadopor mi propio derecho, en mi carácter de demandada, promoviendo en elexpediente al rubro indicado, con domicilio para oir y recibir notificaciones en callexxxxxxxenésta ciudad, ante Usted, con el debido respeto comparezco para exponer:Que con fundamento en el artículo 211 y demás relativos del Código Procesal Civil deCoahuila, vengo a promover incidente de nulidad de actuaciones, de todo lo actuado a partir del 19 de Agosto de 2009, ya que no se llevó a cabo la notificación personal que por leydebería de llevarse a cabo debido a que el proceso estuvo en suspenso por más de tresmeses.Me fundo para hacerlos en las siguientes consideraciones:

H E C H O S

I. Que con fecha 19 de Agosto de 2009, se dictó un acuerdo que ordenaba notificaciónpersonal a las partes por haberse dejado de promover más de tres meses y dichanotificación nunca se llevó a cabo.II. Que en virtud de lo anterior todas las actuaciones a partir de esa fecha son nulas,por no haberse llevado a cabo dicha notificación.

P R U E B A S

Instrumental de actuaciones. Copia del Expediente citado al rubro.

D E R E C H O

I. El artículo 184 del Código Procesal Civil de Coahuila determina que las actuacionesserán nulas cuando carezcan de alguna de las formalidades o requisitosestablecidos por la ley de manera que por esta falta quede sin defensa cualquierade las partes, o cuando en ellas se cometan errores substanciales, y, además, en elcaso en que la ley expresamente lo determine. En el caso a estudio la partedemanda queda en un estado de vulnerabilidad, es decir sin defensa, pues no se leavisó oportunamente, y como la ley lo exige, que el proceso había sido reanudado.II. El artículo 211 del Código antes citado, determina las causas por las cuales debellevarse a cabo notificaciones personales, en su fracción III, incisos a) y b): «Laprimera resolución que se dicte cuando: a) Por cualquier motivo se deje de actuar por más de tres meses. b) Cuando se ordene la reanudación del procedimiento,cuya tramitación hubiere estado interrumpida o suspendida por cualquiera causalegal. Este caso a estudiar entra en ambas puesto que se dejó de actuar por más de

res meses posteriormente se dictó un acuerdo donde se ordena expresamente lanotificación por tal motivo.Por lo expuesto y fundado A Usted C. JUEZ, atentamente pido se sirva:PRIMERO. Tener por interpuesto el incidente que se hace valer, de nulidad de loactuado a partir de la fecha del acuerdo que

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