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Costos12


Enviado por   •  24 de Junio de 2015  •  Tesis  •  759 Palabras (4 Páginas)  •  125 Visitas

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Que, el artículo 238 de la Constitución de la República reconoce que los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, la que según el segundo inciso del artículo 5 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización “Se expresa en el pleno ejercicio de las facultades normativas y ejecutivas sobre las competencias de su responsabilidad…”

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 303 del 19 de octubre del 2010 sustituyó a la Ley Orgánica de Régimen Municipal en todas sus partes, en cuyo artículo 7 prevé que “Para el pleno ejercicio de sus competencias y de las facultades que de manera concurrente podrán asumir, se reconoce a los… concejos municipales, la capacidad para dictar normas de carácter general, a través de ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción territorial.”

Que, el artículo 327 del COOTAD determina que “Los órganos normativos de los gobiernos autónomos descentralizados regularán su conformación, funcionamiento y operación, procurando implementar los derechos de igualdad previstos en la Constitución, de acuerdo con las necesidades que demande el desarrollo y cumplimiento de sus actividades.”

Que, el artículo 358 del COOTAD dispone que “Los miembros de los órganos legislativos de los gobiernos… municipales… son autoridades de elección popular que se regirán por la ley y sus propias normativas, percibirán la remuneración mensual que se fije en acto normativo…. En ningún caso la remuneración mensual será superior al cincuenta por ciento (50%) de la remuneración del ejecutivo del respectivo nivel de gobierno, y se deberá considerar irrestrictamente la disponibilidad de recursos.”

Que, el Art. 3 de la Ley Orgánica de Servicio Público, en su inciso tercero, determina que: “Las escalas remunerativas de las entidades que integren el régimen autónomo descentralizado y régimen especiales, se sujetarán a su real capacidad económica y no excederán los techos y pisos para cada puesto o grupo ocupacional….”;

Que, el Art. 4 ibídem, determina que tendrán la calidad de servidores públicos: “…todas las personas que en cualquier forma o cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan su cargo, función o dignidad dentro del sector público.”;

Que, el Art. 23 de la Ley Orgánica del Servicio Público, literal b), determine: “Percibir una remuneración justa, que será proporcional a su función, eficiencia, profesionalización y responsabilidad”;

Que, el Art. 96 de la Ley Orgánica de Servicio Público determina que: “En las entidades, instituciones, organismos y personas jurídicas establecidas en el artículo 3 de esta ley, se establecerá la remuneración mensual unificada, la misma

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