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El SNICP


Enviado por   •  8 de Marzo de 2012  •  Prácticas o problemas  •  593 Palabras (3 Páginas)  •  291 Visitas

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(Gaceta Oficial N° 39.715 del 18 de julio de 2011)

1. ¿Cuál es el propósito del Decreto Ley y que tipo de actividades regula?

El Decreto Ley de Costos y Precios Justos (LCPJ) fue creado con el objeto de establecer las regulaciones y los mecanismos de administración y control, necesarios para mantener la estabilidad de precios y propiciar el acceso a los bienes y servicios de toda la población en igualdad de condiciones.

El tipo de actividades a las cuales se aplican las disposiciones del Decreto son todas aquellas relaciones establecidas entre sujetos de derecho público o privado que, con ocasión de su giro comercial, productivo o de prestación de servicios, determinen los precios que correspondan a la venta de bienes o la prestación de sus servicios, así como tambilos costos inherentes a tales operaciones

2. ¿Quiénes son los sujetos regulados?

Los sujetos regulados por este Decreto son todas aquellas personas naturales y jurídicas de derecho público o privado, nacionales o extranjeras, que con ocasión del desempeño de sus actividades dentro del territorio nacional, produzcan, importen o comercialicen bienes o presten servicios, razón por la que reciben una contraprestación pecuniaria que satisfaga su intercambio. De igual forma serán regulados los mencionados sujetos aún cuando los precios de los productos comercializados o los servicios prestados sean objeto de regulación por parte del Estado.

Sin embargo, se exceptúan los bancos e instituciones financieras sometidas a la vigilancia de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario.

3. Se crea por medio de la LCPJ el Sistema Nacional Integrado de Costos y Gastos (SNICP).

El SNICP, tiene como finalidad establecer los mecanismos de control a aquellas empresas cuyas ganancias sean excesivas. Del mismo modo, el SNICP deberá fijar criterios de justo intercambio y sincerar costos y gastos.

El SNICP estará integrado por la Superintendencia Nacional de Costos y Precios (SNCP), los ministros del ramo y demás entes con competencia en la materia. De manera especial, el Decreto menciona como órganos de cooperación al SENIAT, CADIVI, INDEPABIS, BCV y Ministerio Público. Igualmente son incluidas

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