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Friburgo


Enviado por   •  30 de Diciembre de 2015  •  Trabajos  •  599 Palabras (3 Páginas)  •  82 Visitas

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Yo entiendo que una cosa es la libertad de religión y otra es la seguridad ciudadana.

Comenzare citando por un lado lo que la ley prohíbe llevar cualquier vestimenta que "disimule el rostro y por lo tanto haga imposible la identificación de la persona".

Por otro lado varios artículos de la Declaración de Derechos Humanos (DDH):

Articulo 3 “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”.

Artículo 18 “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia”.

Y por otro cito de la Declaración de Friburgo de los derechos culturales el artículo 3. “conocer y a que se respete su propia cultura, como también las culturas que, en su diversidad, constituyen el patrimonio común de la humanidad. Esto implica particularmente el derecho a conocer los derechos humanos y las libertades fundamentales, valores esenciales de ese patrimonio”.

Si tomamos en consideración la Ley no se trata de prohibir el uso de esas prendas en concreto pero no dejan de ser las más llamativas y lo que sería más probable de encontrar en un espacio público incluida la calle ya que nadie va a ir con una media en la cabeza o una máscara que cubra su rostro y en cualquier caso a no ser que fuesen a cometer algún hecho delictivo no creo que se negaran a quitárselo y ser identificados como así ocurriría con el caso del burka o el niqab.

Por lo que he estado investigando por la red estas prendas realmente no pertenecen a la religión musulmana sino que forma parte de una costumbre o imposición por parte de los hombres, en el Corán nada dice de ocultar el rostro. Dicho sea de paso que en mi opinión personal me parece una costumbre que atenta contra la dignidad de las mujeres que las anula y las hace invisibles. Atenta también a su libertad de expresión. Aunque entiendo que sus motivaciones puedan estar en la retrograda y estricta educación que reciben, en la influencia de los valores fundamentalistas de su entorno o en la presión coactiva, amenazante y machista de sus familiares y esposos.

Teniendo en cuenta que no se trata de un elemento religioso no están incumpliendo el art. 18 de DDH pero si tenemos en cuenta que esta costumbre sobre todo el burka corresponde a grupos extremistas musulmanes si que están atentando contra el art. 3 de DDH pues no creo que nadie se sienta seguro al lado de una persona a la cual no puede identificar y que ni siquiera sepas que lleva debajo de esa vestimenta o quien esta.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo

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