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Hechos De Transito

fosati21 de Marzo de 2013

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1. Accidente o hecho de tránsito

Es un suceso o acontecimiento inesperado que tiene un elemento de azar o probabilidad y cuyos resultados son indeseables o infortunados.

Accidente. Es considerado como un suceso impremeditado, e inesperado; generalmente de consecuencias desagradables, caracterizándose por desencadenar:

Lesiones a las personas; y

Daños a bienes.

ACCIDENTE

Es un suceso o acontecimiento inesperado que tiene un elemento de azar o probabilidad y cuyos resultados son indeseables o infortunados.

Accidente. Es considerado como un suceso impremeditado, e inesperado; generalmente de consecuencias desagradables, caracterizándose por desencadenar:

Lesiones a las personas; y

Daños a bienes.

HECHO DE TRÁNSITO TERRESTRE

Es todo suceso que ocurre en la vía pública, con vehículos motrices o no en movimiento, que alteran el curso regular de los mismos, cuyos resultados son infortunados o indeseables y que van a dejar un saldo de muertos, heridos o daños materiales.

Es una parte de la criminalística que se encarga del estudio técnico científico del material sensible significativo, relacionado con un resultado del movimiento de vehículos, a efecto de conocer las causas que lo originaron y que lo llevan a un plano de trascendencia jurídica.

Es el suceso de coincidencia donde interviene el binomio tiempo – espacio de dos cuerpos en circunstancias fortuitas, imprevistas e involuntarias.

2. SOLICITUD DE INTERVENCIÓN DEL PERITO

¿En que momento se da intervención al perito en tránsito terrestre? Cuando se inicia una averiguación previa en la que se suscita un hecho de tránsito terrestre y el Agente del Ministerio Público así lo crea conveniente, realizándose de la siguiente manera:

 En lo que respecta a Servicios periciales, el procedimiento inicia con:

 La solicitud de intervención por parte del Agente del Ministerio Público, que puede realizarse por:

 Vía telefónica;

 En forma personal; o

 Por oficio

VIA TELEFÓNICA

Se procede a realizar una llamada telefónica al área de Servicios Periciales de la Fiscalía correspondiente, donde el Jefe de Oficina, está obligado a recibirlo y darle el número correspondiente al Agente del Ministerio Público

EN FORMA PERSONAL

El Agente del Ministerio Público acude al área de Servicios Periciales de la Fiscalía, y proporcionando el oficio al Jefe de Oficina, solicita la intervención correspondiente, agregándose a la copia el número correspondiente.

POR OFICIO

 En ésta solicitud, el Agente del Ministerio Público señala:

 Número de Averiguación Previa;

 La fecha y hora de intervención;

 Delito;

 Lugar de los hechos;

3. ATENCIÓN DE LLAMADO POR PERICIALES

Se imprime la orden de trabajo (original y copia), dando el número de llamado.

Se entrega el original al perito designado, quien esta obligado a firmar el acuse de enterado y atender la intervención.

• De esta manera, la investigación en hechos de tránsito terrestre se trabaja por dos vías:

1) Solicitud de intervención en turno, intervención en la que, cuando es relevante se atiende la intervención sin existir:

• Número de Averiguación Previa; y

• Número de llamado para la intervención de tránsito terrestre

En este tipo de intervenciones, generalmente se acude al lugar de los hechos en compañía de: Agente del Ministerio Público, Policía Judicial, Criminalística, Fotografía, Química, Valuación, Arquitectura etc.

Ya en el lugar de los hechos, el perito en tránsito Terrestre procederá a

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