Justcia
mariela199999Trabajo26 de Mayo de 2014
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INDICE
DEDICATORIA. 3
INTRODUCCIÓN 5
CAPITULO I 9
MÉTODO DE INVESTIGACIÓN. 9
1.1. DEFINICION DEL PROBLEMA DE INVESTIGACION. 9
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA. 11
1.2. OBJETIVO GENERAL DE LA INVESTIGACION. 11
1.2.1. OBJETIVOS ESPECIFICOS DE LA INVESTIGACION. 12
1.3. PREGUNTAS DE LA INVESTIGACION. 13
1.3.1. PREGUNTAS ESPECÍFICAS. 13
1.4. JUSTIFICACION DEL ESTUDIO DE ESTE PROYECTO. 14
1.5. MATERIALES 17
CAPITULO II 19
MARCO TEÓRICO. 19
2.1. CONCEPTO DE DERECHO FISCAL. 19
2. 1. 2. FUENTES DEL DERECHO FISCAL. 21
2. 1. 3. MARCO LEGAL DEL DERECHO FISCAL. 22
2. 1. 4. CONTEXTO DE APLICACIÓN DEL DERECHO FISCAL. 23
2.2. FACULTADES Y ACTOS DE LAS AUTORIDADES FISCALES Y REQUISITOS DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS QUE DEBAN NOTIFICARSE. 24
2.3. LA NOTIFICACIÓN. 26
2.3.1. CONCEPTO DE NOTIFICADOR. 26
2.3.2. NOTIFICACIÓN EN MATERIA FISCAL. 27
2.4. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES QUE DEBEN REGIR EN LAS NOTIFICACIONES. 29
2.5. LA JURISPRUDENCIA. 30
CAPITULO III 31
MARCO JURÍDICO. 31
3.1. PRINCIPIO DE SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL. 31
3.2. DE LOS DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS (GARANTÍAS DE SEGURIDAD JURÍDICA). 32
3.3. DERECHO HUMANO DE TUTELA JUDICIAL EFECTIVA Y FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO. 35
3.4. ACCESO A LA JUSTICIA. 36
3.5. APLICACIÓN DE TRATADOS INTERNACIONALES. 37
3.6. LAS NOTIFICACIONES EN EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. 40
3.7. EL CORREO CERTIFICADO CON ACUSE DE RECIBO EN LA LEY DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO. 47
3.7.1. REGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN DEL ORGANISMO SERVICIO POSTAL MEXICANO. 49
3.8. JURISPRUDENCIA. 50
3.9. TESIS Y JURISPRUDENCIAS EMITIDAS POR EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA. 72
CAPÍTULO IV 94
4.3. APORTACION DEL DOCUMENTO Y PROPUESTAS. 94
CAPÍTULO V 96
5.1. CONCLUSIONES. 96
FUENTES DE INVESTIGACIÓN 101
BIBLIOGRAFIA. 101
GLOSARIO 104
DEDICATORIA.
A mis hijos: Edwin Roberto y Diana por el amor que les tengo y ser mi gran motivación en todo lo que hago.
A mi esposo Roberto García sierra por ser mi compañero.
A mis padres Higinio Reyes Magaña y Rosa María Rodríguez Hinojosa por haberme regalado la vida.
AGRADECIMIENTO A MIS MAESTROS
Maestro en Fiscal DOMINGO RUIZ LÒPEZ, con el respeto y admiración que le tengo agradezco la atención y apoyo para la elaboración de este proyecto de tesis.
Doctor en Ciencias de la Investigación JAVIER CHAVEZ FERREIRO, por su gran disponibilidad y orientación para la investigación en el desarrollo de este proyecto.
Maestro en Impuestos CARLOS AGUSTÌN OCHOA LEÒN, por su orientación y apoyo para concluir mis estudios de Maestría en Fiscal.
A mi compañero Lic. JONATAN OSVALDO RUIZ BARRIGA, por compartir sus puntos de vista y fortalecer la investigación de este proyecto.
Al Doctor DEMOSTENES GARCIA VILLEGAS por su gran solidaridad y apoyo.
A mis seres queridos que han sido fortaleza e impulso para poder ver concluido este proyecto.
INTRODUCCIÓN
En el mundo y en nuestro país, el tema de la defensa fiscal es de trascendental importancia para el contribuyente, más que para la autoridad fiscal, por el hecho de que sea la demandada, en casi todos los litigios o conflictos jurídicos derivados de la aplicación de disposiciones fiscales, o porque nuestro Código Tributario le permita demandar al gobernado cuando pretenda hacer valer sus derechos y defender la razón de sus actos; lo anterior es así, ya que en el primero de los casos solo se atiende a la defensa de quien es perjudicado por actos de la autoridad fiscal y, en el segundo solo se pretende despojar de algún privilegio previamente concedido al particular y que contraviene a los intereses del fisco.
Así pues, podemos decir que, lo apropiado, es hablar del litigio en contra del fisco o de la defensa del contribuyente y no de la defensa de la autoridad fiscal. Históricamente, la defensa fiscal es tan antigua como la humanidad. A partir del momento en el que alguien oprimió a otro para convertirlo en tributante, el afectado busco defenderse ante tal situación. El problema fue que tales imposiciones tributarias se instituyeron, al principio, en nombre de la divinidad. Ello originó en un principio que la resistencia en su contra fuera simple o moderada y que prácticamente resultara nula. Sólo hasta que se despojó al soberano de esa aureola de divinidad es cuando surgió una cierta conciencia de la necesidad de defenderse de la opresión.
Ha sido con el surgimiento formal de las instituciones jurídicas modernas cuando se materializo y justifico legalmente la imposición de tributos, pero también la defensa del tributante. Antes desde Confucio hasta Cicerón y las Grandes premisas del Derecho Romano, lo único que se manifestó fue un descontento con el tributo en términos de justicia, de razonabilidad, y de Moderación, por lo que la defensa solo consistía en la recomendación política al gobernante mismo, el consejo al Senado y la cautela por la gobernabilidad.
La era cristiana invocó otra clase de valores y principios para convertir el tributo en impuesto y, por ende, en un valor entendible de sobrevivencia del Estado y de la Iglesia, pues ésta a través del diezmo, también impuso contribuciones y, consecuentemente, tenía que consentir las del gobierno civil.
Es en los dos últimos siglos cuando se han manifestado los efectos de la defensa fiscal con criterio y sentido jurídico. Ya nadie piensa que la contribución sea un mandato divino o que sobrevengan calamidades terribles por dejar de cubrirlo. Su misma evolución terminológica del tributo al impuesto y de este a la contribución, ha dado pie a suponer que se trata de un acto necesario, que es indispensable para cubrir el gasto público, que constituye muestra de civilidad el admitirlo y pagarlo, que representa un factor de progreso, es decir, toda clase de argumento más o menos razonable, sin que ello lo despoje de su naturaleza arbitraria de origen.
La defensa jurídica del contribuyente no ha evolucionado exactamente igual, si ha crecido en paralelo con la evolución de las demás instituciones jurídicas, incluyendo las tributarias, pero no ha superado debidamente las arbitrariedades gubernativas al respecto; de tal manera que ante las necesidades acrecentadas, con razón o sin ella por las burocracias de todo el mundo, y su consecuente demanda de mayores recursos dentro de una voracidad sin límites, la arbitrariedad subsiste y la coerción se acrecienta, la captación de recursos vía impuestos se recarga generalmente en los causantes cautivos, a voluntad del gobierno en turno se exime a grandes consorcios de esta obligación, las pequeñas y medianas empresas, se ven más presionadas por su propia naturaleza, lo cual genera inconformidad y desanimo para el cumplimiento a cabalidad de ese compromiso fiscal, de tal forma que cada día la defensa debe afinarse más y sin desalentarse por los resultados poco favorables y difíciles que se logran alcanzar por razón de la predisposición burocrática en todos los órdenes, para negar la razón legal y la justicia al contribuyente que combate por salvaguardar su patrimonio.
La defensa se inicia cuando interviene el litigante en acciones de fondo, sin advertir que debe atenderse desde el primer oficio que se gira al contribuyente y en cada una de las respuestas y datos o documentos que se aportan en atención a los diversas notificaciones de origen.
El litigio fiscal solo se manifiesta en el ámbito de los recursos, demandas y juicios, cada instancia representa una parte del mismo y es hasta la consulta cuando se abren las puertas al propio litigio fiscal.
En consecuencia con lo anterior, en el presente trabajo de investigación analizaremos en el capítulo I, lo relativo a la cuestión metodológica, es decir, desde la justificación del esta tesis, hasta el planteamiento del problema, en el cual estableceremos los límites y alcances que se pretenden, determinando el problema de fondo en relación con las notificaciones previstas en el Código Fiscal de la Federación y realizadas por el Servicio de Administración Tributaria a los contribuyentes, a fin de plantearnos los objetivos a alcanzar y las preguntas a responder como parte del desarrollo temático.
Por otra parte y atentos al planteamiento del problema, en el capítulo II de la presente tesis, y en lo que ve a la forma de notificar por parte de las autoridades fiscales federales al contribuyente, y en el caso concreto que nos ocupa, las notificaciones por correo
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