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La Ajenidad

tanika28 de Febrero de 2015

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LA AJENIDAD

Método ver, juzgar y actuar

VER

La Ajenidad es una condición de atribuir a un tercero los beneficios del trabajo. Es aquel en que la utilidad patrimonial del trabajo se atribuye a persona distinta del propio trabajador, es decir, al empresario.

Esta condición claramente expresa que hay una adquisición por parte de una persona en este caso el empresario sobre los frutos que genera el trabajador al prestar sus servicios a cambio de ser remunerados.

Para cada una de las personas que adquiere un trabajo en una empresa es de vital importancia que entienda a la perfección estos términos, ya que de este concepto se forma un contrato de trabajo. ¿A qué me refiero? Por ejemplo; en el caso de una empresa de carteras, los derechos sobre los diseños los adquiere el empresario, el dueño de la empresa. Ya que el crea un contrato de trabajo en el que se está estableciendo que el adquiere los frutos de la prestación de los servicios del trabajador. La Ajenidad no es mala, por el contrario establece la remuneración o retribución que recibe el trabajador por prestar sus servicios produciendo frutos.

La ajenidad viene ligada a la forma de retribución constituye un claro indicio de la existencia de relación laboral el hecho de que la retribución obedezca a un parámetro fijo, que este estipulado claramente en los contratos de trabajo.

La Ajenidad en la actualidad se la aplica de manera constante para recalcar puntos específicos y señalar que obtiene cada quien, tanto como el empleador y el empleado.

JUZGAR

Sin embargo inconscientemente esta condición se transforma en algo conflictivo, ya que genera dudas sobre si genera una dependencia o control. Ya que técnicamente es por cuenta ajena y está dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario

El carácter voluntario delata la estructura contractual en cuyo seno se compromete el trabajo, y la retribución alude al carácter de bilateralidad sinalagmática del vínculo.

Esto claramente muestra que se va generando una dependencia desde el momento en el que el servicio que presta el trabajador va transformándose en dinero.

Problema no tanto, sino que no esclarece bien que es lo que genera exactamente, que es lo bueno que trae consigo, la ajenidad.

ACTUAR

Ya que la ajenidad existe cuando quien presta el servicio personal -trabajador- se hace parte del sistema de producción, añadiendo valor al producto que resulta de ese sistema, el cual pertenece a otra persona -patrono-, dueña de los factores de producción quien asume los riesgos del proceso productivo y de la colocación del producto -ajenidad-, obligándose a retribuir la prestación recibida -remuneración-, por tanto, ese ajeno organiza y dirige el mecanismo para la obtención de tales frutos, y es justo allí cuando la dependencia o subordinación se integra al concepto de ajenidad, coligiendo así que el trabajo dependiente deriva del hecho de prestar un servicio por cuenta de otro

Hay que ser honestos y entender que nada en la vida en si produce solamente cosas buenas, todo tiene algo bueno y malo. Y la ajenidad no está exenta de esta característica. Es cierto que establece ciertas pautas sobre que recibe cada sujeto en un contrato. Pero hay algunas veces que la ajenidad tiene ciertas irregularidades sobre que correctamente se está otorgando a una persona y si por el contrario lo que se hace es abusar del trabajador, al no hacer que el trabajador recibe lo que corresponda o a que tiene derecho de reclamar.

Ya que la ajenidad en si se cierra, sobre las funciones de cada uno y no especifica nada más. Es necesario las pautas y especificaciones para que todo este regulado de manera correcta.

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