ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

La Usocapion

mariachuzenaResumen3 de Agosto de 2016

3.109 Palabras (13 Páginas)419 Visitas

Página 1 de 13

UNIVERSIDAD METROPOLITANA CASTRO CARAZO

FACULTAD DE DERECHO

INVESTIGACIÓN DE LA USUCAPIÓN

LA USUCAPIÓN

MICHAEL ALONZO LÓPEZ NÚÑEZ

NELLY ARAYA

JESÚS CONCEPCIÓN

PASO CANOAS-COSTA RICA

OCTUBRE DEL 2012


Tabla de contenido

1 Definición de Usucapión        

2. Usucapión Originaria y Derivada        

2.1 Originaria        

2.2 Derivada        

3. Elementos necesarios para Usucapir        

3.1 Características de los elementos        

4. Usucapión Ordinaria y Extraordinaria        

4.1 Ordinaria        

4.2 Extraordinaria        

5. Diferencias        

6. Usucapión Agraria y Civil        

6.1. LA USUCAPIÓN AGRARIA        

6.2. Usucapión Civil        

7. Normativas que rigen        

8. Constitución Política        

9. Código Civil        

10. Consultas        

11. Bibliografía        

Conclusión        

Jurisprudencia        


Introducción

        

Con la presente investigación se tratará el tema de la usucapión, se intentará  establecer un criterio mediante el cual asentar el proyecto de la suscrita fundamentada no sólo en la doctrina, sino en la jurisprudencia.

Se analizará la usucapión como tal en la realidad Costarricense, así como la usucapión ordinaria y extraordinaria, en diferentes materias, tales como la civil y la agraria.

Se propone brindar un concepto claro de lo que es usucapión y así mostrar, desarrollar y establecer un  fundamento que determine el término título, ya sea título justo o traslativo de dominio, ya que debe comprenderse de manera amplia tomándolo como causa adquisitiva,  uno de los requisitos de la usucapión: la posesión, tomando en cuenta que puede ser posesión originaria o derivada.


Objetivo

  • Investigar y analizar la Usucapión, sus formas y áreas de aplicación.

        

1 Definición de Usucapión

La usucapión o prescripción adquisitiva o positiva, es un modo para la adquisición del dominio u otro  real posible, por el cumplimiento de las condiciones que fija la ley;  de modo que él usucapiente durante ese tiempo y bajo esas condiciones aparece como titular del derecho del que se trata sin importar si es de propiedad o usufructo y es así que ese derecho que en la realidad de las cosas no le pertenecía viene a convertirse de su propiedad por ello, se dice que por la usucapión un “estado de hecho”  si se prolonga en el tiempo, se convierte en un “estado de derecho”.

La figura de la usucapión proviene desde el Derecho Romano, en estos días es de suma relevancia ya que ofrece la posibilidad de poder poseer un bien registralmente.

2. Usucapión Originaria y Derivada

2.1 Originaria

“Propiamente es originario, porque se adquiere ex novo el derecho a base de una relación con la cosa, y no hay necesidad de probar en juicio el derecho del causante, sino más bien la usucapión está destinada precisamente a eximir de esa prueba.

“La usucapión es un modo originario de adquirir el derecho usucapido, en cuanto que la adquisición no se basa en derecho anterior alguno, es decir, el usucapiente no lo hace suyo porque el que lo tenía se lo transfiere (relación de causalidad), sino que se convierte en titular del mismo con independencia de que antes lo fuese otra persona porque ha venido comportándose como tal”.

“Y es como consecuencia de que un nuevo derecho, incompatible con el anterior, se establece sobre la cosa, por lo que pierde el suyo quien antes lo tuviera sobre la misma. El usucapiente adquiere sin nada a cambio. Si fuera adquisición mediante un acto, este sería, pues, a título gratuito, pero de cualquier modo el usucapiente adquiere gratuitamente."

TORREALBA NAVAS (Federico). “Modos de Adquisición y Transmisión de Derechos Reales.

Bases para la Reforma del Derecho Positivo Costarricense”. Revista Iustitia. San José, Costa

Rica. Año 21. Número 251-252. Noviembre –Diciembre del 2007, pág. 6.

 ALBALADEJO (Manuel). Instituciones de Derecho Civil II. Derecho de Bienes Familia y

Sucesiones. Segunda Edición, Barcelona, Librería Bosch, 1975, pág. 62.

 ALBALADEJO (Manuel). La usucapión. Madrid, 2004, págs. 13-16.

2.2 Derivada

Es derivativo, cuando se  consideran que el usucapiente adquiere la propiedad o derecho real preexistente, no un nuevo derecho. Este criterio no parece acertado. Un modo de adquirir es derivativo cuando el derecho que se adquiere depende de otro anterior que corresponde la transmitente y en razón de ello pasa al adquirente.

3. Elementos necesarios para Usucapir

  • Posesión.
  • Buena fe.
  • Justo título.

Así dicho en el numeral 853 del Código Civil.

3.1 Características de los elementos

3.1.1 Posesión

Es la posesión material del bien que se pretende obtener.

Concepto de Modo de Adquisición

Modos de adquisición de la propiedad son todos aquellos hechos jurídicos que el ordenamiento del estado declara idóneos o correctos para originar en los particulares un derecho de propiedad, o para trasmitirlo de uno a otro sujeto.”

3.1.2. Pública

Se entiende que esta debe de ser del conocimiento general de la comunidad donde se encuentra localizado el bien,  quien ejerza su derecho sobre dicho bien no lo debe de hacer a escondidas, dándole la oportunidad, de que en caso de que el bien tenga un propietario el mismo tenga la posibilidad de enterarse sobre lo que está sucediendo.

3.1.3. Pacífica

Es el ejercicio de la posesión sobre determinada cosa sin el empleo de actos violentos o amenazas graves contra el sujeto titular del bien, en otras palabras que el poder de hecho sobre la cosa no se realice por la fuerza ya que aún obtenida violentamente pasa a haber posesión pacífica una vez que cesa la violencia.

3.1.4. Continua

Es aquel estado sucesorio en virtud del cual la posesión se manifiesta por una sucesión de actos ininterrumpidos, en los que se dan intervalos lo suficientemente cortos como para no crear lagunas.

Autor Costarricense, Ricardo Zeledón.

Por otro lado esto no obliga al poseedor a utilizar el  bien constantemente, si no que existe la posibilidad de que hallan intervalos normales como los ejecutaría cualquier otro propietario.

 

 3.1.5. Ininterrumpida

Significa que no deben de existir actos positivos de orden jurídico en forma de reclamo de parte del legítimo poseedor o algún tercero al reconocer legítimo derecho de propietario.

3.1.6 Tiempo  

Se establece un plazo determinado para la prescripción adquisitiva que por lo general es de 10 años (plazo decenal).

3.1.7. Buena fe

Significa que se debe de actuar con honestidad, con apego a la ley y sin intensiones de perjudicar a ninguna persona.

La buena fe reúne tanto elementos morales como jurídicos los cuales deben de complementarse.

3.1.8 Justo título

El artículo 853 del código civil de Costa Rica exige como requisito para la prescripción  positiva la existencia del título traslativo de dominio el cual es mejor conocido por la doctrina jurídica como el justo título.

El mismo significa que es suficiente la compra, donación, transacción, herencia, etc para producir la adquisición del derecho de propiedad de un bien, con excepciones a la norma como por ejemplo que el dueño que entrega el bien que haya sido dado  en cualquier calidad de las antes mencionadas no pudiera disponer de ella.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (20 Kb) pdf (178 Kb) docx (19 Kb)
Leer 12 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com