NEOIUSNATURALISMO
braux16 de Mayo de 2014
906 Palabras (4 Páginas)2.194 Visitas
EL NEOIUSNATURALISMO
Durante el siglo XIX, para contrarrestar los efectos y alcances del Ius positivismo, surgen nuevas corrientes de Ius naturalismo, pero que, al contrario de las tradicionales, no manejan el derecho natural como absoluto.
Rudolf Stammler
Stammler aplicó al derecho la filosofía kantiana de distinción entre materia y forma: la materia es el contenido del Derecho, el cual va cambiando en la historia; la forma es el Derecho Natural, el objeto de la filosofía del Derecho es el determinar las formas puras que delimitan y giran alrededor de las normas jurídicas; su doctrina parte de la distinción entre Concepto de Derecho e Idea del Derecho.
El concepto de Derecho intenta delimitar las normas jurídicas de otras similares, como las morales o religiosas, definiendo al Derecho de manera general como “la voluntad vinculatoria, autárquica e inviolable”, diferenciando a las otras normas de las jurídicas por el aspecto de la vinculación a éstas: mientras unas pueden vincular al individuo de forma opcional, por invitación o sugerencia, el Derecho vincula de un modo incondicionado y absoluto, haciéndolo inviolable incluso para aquellos que lo promulgan.
La idea del Derecho se establece como el fin u objeto de éste mismo, el cual se obtiene mediante el concepto de rectitud; no nos dice que preceptos son justos, porque no se trata de algo material, sino formal, ofrece el método para determinar la ausencia o no de rectitud en las normas jurídicas de acuerdo con el elemento material, el cual, sostiene su doctrina, es variable históricamente, por lo que se le conoce también como Derecho Natural de contenido variable. Con esta corriente se define a la justicia como la orientación de una determinada voluntad jurídica en el sentido de la comunidad pura.
Gustav Radbruch
Tras los hechos ocurridos en la Segunda Guerra Mundial, Radbruch, un jurista alemán influenciado también por el neokantismo, postuló que si una ley manifiesta un grado de injusticia extrema o flagrante (como las leyes nazis), entonces no puede considerarse verdadero derecho, pues éste debe propiciar más la verdadera justicia que ninguna otra característica. Lo contrario sería mero orden de fuerza o tiranía. Para Radbruch la expresión “una orden es una orden“, para el soldado debe carecer de obligatoriedad si lo que ordena es un crimen o un delito. Esa forma de entender la justicia causó profunda repercusión en juicios posteriores, sobre todo en los que tuvieron que ver con los soldados que vigilaban el muro de Berlín, quienes tenían órdenes de disparar contra cualquiera que intentara huir y atravesarlo. Este principio del derecho de Radbruch fue acogido por el Tribunal Constitucional de la Alemania Federal en varias sentencias.
Para Radbruch, existe un derecho supralegal (o derecho natural) que está por encima del derecho escrito positivo. Éste debe basar su fuerza no en que se pueda imponer, sino en que lo que logre sea verdadera justicia. Por eso escribió que durante el régimen nazi, “las leyes que declaraban caducada la propiedad de los judíos frente al Estado se hallaban en contradicción con el derecho natural y eran nulas desde su promulgación.”
Reconoce también que existe un derecho natural que se ha ido perfilando a través de los siglos y que finalmente se ha plasmado en las declaraciones de derechos del hombre; ese derecho natural justo aflora a veces a través de la conciencia de los hombres y tiene como fuente suprema a Dios mismo.
Georges Renard
La doctrina filosófica de Georges Renard asume un planteamiento ius naturalista desde el cual articula una auténtica concepción institucionalista del derecho. La filosofía ius naturalista de Renard concibe el derecho natural, basado en el Bien Común, como un derecho natural de contenido progresivo
...