Neocontractualismi
robertortiz113 de Agosto de 2013
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Ahora bien, ¿por qué se cree que los argumentos
del contrato social clásico son pocos sólidos?
Según Kymlicka (1995a: 73-75), en el contrato
social se pide que se imagine un estado natural
anterior a toda autoridad política y que luego de
ello, se establezcan los términos del contrato con
el fin de saber posteriormente las obligaciones
de los ciudadanos y de la autoridad. Los teóricos
clásicos han usado este método y han llegado a
diferentes respuestas, pero a una misma crítica:
nunca existió tal estado natural, por lo tanto, un
contrato social producto de un estado hipotético
lleva a pensar que el acuerdo o contrato de igual
forma es hipotético.
No obstante, para Ronald Dworkin que lo cita
Kymlicka, hay otra forma de considerar el contrato
social: “Invocamos la idea del estado natural no
para encontrar los orígenes sociales de la sociedad,
o las obligaciones históricas de gobiernos
e individuos, sino para conformar la idea de la
igualdad moral de los individuos” (Kymlicka,
1995a: 74). En este sentido, el argumento del
estado natural en el contrato social tiene como
objetivo presentar a los seres humanos como
iguales moralmente para que en esta situación
originaria de igualdad se elijan los términos del
contrato, es decir, los términos de cómo deben ser
gobernados todos y de cómo se debe gobernar.
Según Kymlicka, esta segunda consideración del
contrato social es la que adapta Rawls en el sentido
de que a partir de una posición de igualdad
que se da en el contrato se determinarán los principios
de justicia. Es claro que el verbo utilizado
por Kymlicka es adaptar porque Rawls de ninguna
manera identifica la posición original con el estado
natural de la teoría clásica del contrato social, sino
más bien la ve como una correspondencia, es
decir, la posición original de la teoría de la justicia
3 “To present a conception of justice which generalizes and
carries to a higher level of abstraction the familiar theory of
the social contract as found, say, in Locke, Rousseau, and Kant”.
sería una analogía de estado de naturaleza del
contrato social clásico.
Cuando Rawls adapta esta consideración del
contrato social, quiere decir que es necesario
realizarle modificaciones sustanciales, pues según
Kymlicka “mientras que la posición originaria
de Rawls se ‘corresponde’ con la idea del estado
natural, también difiere de ella, porque Rawls cree
que el aceptado estado natural no es realmente
una ‘posición inicial de igualdad’” (Kymlicka,
1995a: 75). Aquí Rawls recurre al argumento
intuitivo y considera que el estado natural es
inequitativo porque algunas personas, por sus
talentos, habilidades o fortalezas físicas, tendrán
mayor poder de negociación que otras y estarán
capacitadas para poner condiciones ventajosas
para ellos que para todos por igual; por otra parte,
los de menos poder o aptitudes en la negociación
no tienen otra opción que hacer concesiones.
Para Rawls, como los talentos, habilidades o
fortalezas físicas son naturales y no merecidos,
entonces en un contrato no se debería privilegiar
a los poseedores de esa “lotería natural” y
desfavorecer a los otros en la determinación de
los principios de justicia. De esta manera, indica
Kymlicka:
(…) se hace necesario un nuevo instrumento para
descubrir las implicaciones de la igualdad moral, un
instrumento
...