Peculiaridades De La Constitución
isaias969624 de Abril de 2014
443 Palabras (2 Páginas)309 Visitas
ESTUDIOS DE TEORIA CONSTITUCIONAL
PECULIARIDADES DE LA INTERPRETACION CONSTITUCIONAL?
Par hablar de las peculiaridades de la interpretación constitucional, dice el autor, que es necesario en principio, determinar quién es el que está interpretando, ya que de ser un órgano de aplicación del derecho, hará la interpretación como un acto de voluntad o decisión, contrario al acto de conocimiento que podría tener una intérprete imaginario como los juristas.
Las peculiaridades de la interpretación constitucional, pueden resumirse en tres aspectos a saber:
1. LOS AGENTES DE LA INTERPRETACION.
2. LAS TECNICAS INTERPRETATIVAS.
3. LOS PROBLEMAS DE LA INTERPRETACION.
LOS AGENTES DE LA INTERPRETACION CONSTITUCIONAL: Las constituciones, son típicamente interpretadas por sus destinatarios. Quiénes son?. Para responder esta pregunta es importante tener en cuenta:
1: DOS CONCEPCIONES DE LA CONSTITUCION: La función política de la constitución, de acuerdo a su función. En general una constitución responde a: A. la función de limitar el poder político y B. la función de modelar las relaciones sociales. Desde el punto de vista de limitar el poder político, la constitución, no es susceptible de interpretación jurisdiccional directa por parte de los jueces comunes y que esta función, solo esta autorizada por parte de los órganos constitucionales supremos, a diferencia de las leyes ordinarias, que son del resorte de los jueces comunes.
Desde el punto de vista de modelar las relaciones sociales, se ve a la constitución como una ley cualquiera la cual debe ser interpretada por los jueces para la resolución de los casos concretos que se deban dirimir. Esta concepción va dirigida a :
a. La interpretación normal, es decir la interpretación de la ley se hace teniendo en cuenta la coherencia de esta con el texto constitucional.
b. la sobre interpretación, que condiciona la interpretación de las leyes ordinarias a los textos constitucionales.
2: EL REGIMEN JUR
Leer Ensayo Completo
Suscríbase
IDICO DE LA CONSTITUCION: Esta concepción, tiene que ver con la distinción entre constituciones flexibles y constituciones rígidas. Si la constitución es flexible el único intérprete oficial, es el legislador. Pero si la constitución es rígida, debemos distinguir primero, que si el control es difuso, la constitución es interpretada como cualquier otra ley, por los jueces. En cambio si el control es ejercido por un órgano constitucional, es el juez constitucional, quien debe hacer la interpretación constitucional ejerciendo control a posteriori o por vía de excepción.
3. EL CONTENIDO NORMATIVO DE LA CONSTITUCION:
A. Para constituciones que contienen las normas sobre la organización de los poderes públicos (no hay catalogo de derechos ni contienen normas programáticas o de principio), los únicos intérpretes son los mismos a los que se dirigen, pero las controversias entre ellos pueden ser justiciables o no y cuando normal mente lo son, es entonces el juez constitucional, quien dirime ...
...