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TRABAJO PENAL CASO PRÁCTICO N° 4


Enviado por   •  6 de Octubre de 2022  •  Ensayos  •  517 Palabras (3 Páginas)  •  28 Visitas

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UNIVERSIDAD DE LIMA

DERECHO PENAL II         

SECCIÓN 504        CICLO 2021-1

Profesora: María del Carmen García Cantizano

CASO PRÁCTICO N° 4

        Dado el siguiente supuesto de hecho:

 “María, que deseaba tener contactos sexuales con Alberto, el cual se negaba a ello reiteradamente debido a sus creencias religiosas, con fecha 20 de enero, con ocasión en que Alberto se encontraba en su casa de visita, le sirvió una copa en la cual había puesto un producto adormecedor. Una vez tomada la copa por Alberto y efectuado su efecto la droga, quedó en estado de inconsciencia: María procedió a desnudarlo y a satisfacer sus deseos lascivos sobre el cuerpo de Alberto, sin llegar en ningún momento a penetrarlo sexualmente.

Como en la práctica de la actividad sexual llevada a cabo por María, se le produjo a Alberto la erección, llegó incluso a practicar el coito, hasta que quedaron satisfechos sus instintos.

Tiempo después, al despertar Alberto, este no recordaba nada de lo ocurrido.

        Determine el grado de responsabilidad penal de María.

Según el supuesto de hecho antes mencionado el grado de responsabilidad penal de María se encuentra determinado y fundamentado en los siguientes puntos. En primer lugar, para establecer correctamente la calificación típica de los hechos debemos analizar los detalles del mismo. Se tiene en consideración que, María, en un estado de consciencia de sus actos le sirvió a Alberto una copa con un producto adormecedor, esto con la intención de introducir a Alberto en un estado de inconsciencia y poder lograr su cometido, los hechos también establecen que se practico el coito llegando a consumar los actos sexuales hacia Alberto. Bajo estos puntos se entiende que los hechos se configuran como un delito de violación sexual de la persona en estado de inconsciencia el cual se encuentra tipificado en el artículo 171 de CPP: El que tiene acceso carnal con una persona por vía vaginal, anal o bucal, o realiza cualquier otro acto análogo con la introducción de un objeto o parte del cuerpo por alguna de las dos primeras vías, después de haberla puesto en estado de inconsciencia o en la imposibilidad de resistir, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de veinte ni mayor de veintiséis años. ”

Habiendo establecido la calificación típica de los hechos podemos determinar el grado de participación delictiva de los involucrados. En primer lugar, tenemos que establecer que María actúa como sujeto activo en el inicio, desarrollo y consumación de la acción delictiva en la cual practica la actividad sexual hacia Alberto, todo esto en contra de su voluntad y bajo un estado inconsciencia, de esta manera el ultimo se puede posicionar con la víctima del hecho.

El delito de Violación de persona en estado de inconsciencia o en la imposibilidad de resistir tiene como sujeto activo a María y victima a Alberto, este delito se consumó en su totalidad.

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