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Enviado por   •  7 de Noviembre de 2012  •  678 Palabras (3 Páginas)  •  420 Visitas

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CONTADORES SANCIONADOS

ADRIANA MATAMBA SEPULVEDA

REVISORA FISCAL

CEDULA O NIT : 42010429

SUSPENSION: 6 MESES

Los comportamientos que vulneran la ética profesional se cometieron a título de dolo, como consecuencia del actuar de la Contadora Pública LUZ ADRIANA MATAMBA SEPÚLVEDA, por actuar como revisora fiscal en mas de cinco (5) sociedades por acciones en la ciudad de Bogotá D.C., inobservado la prohibición legal del artículo 215 del Código de Comercio, quebrantando así los postulados consagrados en los artículos 37.4 y 37.6 de la Ley 43 de 1990.

JORGE SANTAFE PERALTA

REVISOR FISCAL

CEDULA O NIT :19369112

SUSPENSION: 6 MESES

El comportamiento que vulnera la ética profesional, se cometió en la modalidad de Grave a Titulo de Culpa, como consecuencia del actuar del Contador Público JORGE SANTAFE PERALTA, canceladas hasta después del 28 de octubre de 2009, certificación que fue utilizada por el ente societario al suscribir el Contrato No. 215 ARC DIABA/2009, con la ARMADA NACIONAL, vulnerando con dicha conducta los principios de Integridad, Responsabilidad, Observancia de las Disposiciones Normativas y Fe Pública, previstos en los artículos 37.1, 37.4, 37.6 y 10 de la Ley 43 de 1990.como revisor fiscal de la sociedad MICROSITIOS LTDA de la ciudad de Bogotá, al indicar en certificación de fecha 5 de julio de 2009, que la usuaria de sus servicios se encontraba a paz y salvo en el pago de EPS, ARP, FONDO DE PENSIONES, CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR, INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR Y SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE, durante los meses enero a julio de 2009, situación contraria a la realidad financiera, toda vez, que estas acreencias fueron

OSCAR GARCIA RAMIREZ

REVISOR FISCAL

CEDULA O NIT: 19453241

SUSPENSION: 6 MESES

o GRAVES a título de CULPA, como consecuencia del actuar irregular del Contador Público OSCAR GARCÍA RAMÍREZ, quien en calidad de Revisor Fiscal, certificó pago de parafiscales de la sociedad EQUIPOS Y CONSTRUCCIONES VAREGO LTDA., el 04 de septiembre de 2009, para ser presentada ante la Empresa Industrial y Comercial del Distrito "METROVIVIENDA", en cumplimiento de los requisitos ordenados por la Ley 789 de 2002, para la presentación de propuesta, dentro de la licitación 002 de 2009, contraria a la realidad, quebrantando los postulados relacionados con el principio de responsabilidad, consagrados en los artículos 37.4, 37.6, y 69 de la Ley 43 de 1990.

DORA

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