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Desaparcion


Enviado por   •  16 de Febrero de 2015  •  539 Palabras (3 Páginas)  •  162 Visitas

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LA DESAPARICIÓN

1.- DEFINICIÓN.

La desaparición según Fernández Sessarego: “Es un no estar en su domicilio, sin tener información sobre el lugar donde se encuentra una persona”.

Otra definición importante es la del Doctor Espinoza Espinoza: la desaparición es una situación de hecho que se configura con la no presencia del sujeto n su domicilio, cuya consecuencia jurídica es la gestión de su patrimonio por un representante.

Entonces podemos concluir que la desaparición es un hecho jurídico en el que una persona por diversos motivos desaparece de su domicilio sin dejar indicios de su paradero.

En donde sus familiares no dan con él; originando ante esto que sus familiares o otros interesados requieran de su patrimonio, por diversas razones como alimentación, pago a acreedores, etc.

2.- Declaración de desaparición

Guillermo Cabanillas: “La desaparición constituye una de las fases de la ausencia, justamente es la que pone en marcha todo el dispositivo legal que puede conducir incluso a la declaración y la sucesión universal de una persona .

Ante esto nuestro código lo considera como 2 manifestaciones (desaparición-ausencia), ya que la ausencia se puede declarar sin que previamente se haya en el Código Civil vigente en el artículo 47: “Cuando una persona no se halla en el lugar de su domicilio y han transcurrido más de sesenta días sin noticias sobre su paradero.

Es ahí donde se procede a declarar la desaparición para lo cual debe cumplirse lo siguiente:

Domicilio: tiene que desaparecer de su domicilio, residencia más no de una morada.

Plazo: tiene que transcurrir sesenta días, si no transcurre ese tiempo no se puede afirmar su desaparición y si el tiempo pasa de los sesenta días y llega hasta los dos años se procederá declarar ausencia del desaparecido .

Información: no se debe tener información de la persona, ni noticias de su paradero.

3.- Interesados en la declaración de ausencia.

La desaparición puede ser declarada según el artículo 47: por cualquier familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad, excluyendo el más próximo al más remoto, puede solicitar la designación del curador interino También pude solicitarlo quien equivoque legitimo interés en posnegocios o asuntos del desaparecido, con citación de los familiares conocidos y del Ministerio Publico.

4.- Efectos que produce la declaración de desaparición.

El único efecto que produce es el produce es el nombramiento de un curador interino para que administre sus bienes, este nombramiento debe ser rápido e invocado por las partes

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