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ESTUDIO Y APLICACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA SEGÚN LAS LEYES DE 1942 A 1966

YVISAInforme12 de Julio de 2021

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        República Bolivariana de Venezuela[pic 1]

Ministerio de Educación Superior

Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez

Extensión Cumaná

UNIDAD II

ESTUDIO Y APLICACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA SEGÚN LAS

LEYES DE 1942 A 1966

        Elaborado por:

                                           Br. Astudillo Espín

        Daniela Estefanía

        C.I. 26.721.810

        Cumaná, Julio 2021

INTRODUCCION

        En los tiempos antiguos y por la poca evolución y falta de conocimiento de los roles del Estado, la sociedad se daba la tarea de buscar recursos económicos para satisfacer la necesidad de los habitantes de dicho Estado. Por esa razón se estableció el pago de tributos, como una imposición del rey a su pueblo, que lo hacía pagar a la fuerza, a través de la presencia del ejército. Esta explotación de los dominios territoriales del rey, se convirtió en los primeros impuestos cobrados en la era antigua, eran malgastados en lujos, bacanales y joyas para el rey, olvidándose de los intereses colectivos de su pueblo. Hoy en día los impuestos se establecen  con un marco regulatorio más exigente, y con los tributos bien definidos, para que el estado se encargue del desarrollo científico, tecnológico y educativo, la independencia económica, la distribución equitativa de la riqueza, la transformación del medio físico adaptándolo necesidad del logro de los objetivos colectivos de la nación; de allí el surgimiento del marco regulatorio del impuesto sobre la renta.

        En nuestro país toda la normativa de este impuesto surge en los tiempo de la Colonia hasta 1830, donde persistía el tributo impuesto por la Colonia Española, donde no existía ninguna ley que lo reglamentara. Entre los tributos que se cobraban en esos momentos, encontramos: el registro público, tabaco, manumisión de esclavos (antes del decreto de la libertad de los esclavos), destilación de aguardiente, expedición de títulos nobiliarios, alcabala, tonelaje, exportación e importación, entre otros.

        De igual forma se  identifica otra etapa o periodo donde el derecho tributario sufre transformaciones amoldándose a las circunstancias del país y la historia. Esta segunda etapa, para identificar este periodo, transcurre desde 1830, hasta entrado los años 1900-1920 aproximadamente. Se inicia con el gran auge de la explotación agropecuaria postguerra de la Independencia y con la abolición de todos los tributos coloniales, lo que conllevó a la creación de nuevos tributos pero ya bajo el régimen de gobernantes venezolanos. Entre estos nuevos tributos encontramos: los impuestos aduaneros, impuestos sobre salinas, impuestos sobre licores (destilación y venta), sucesiones y herencia, registro público, ingresos por estampillas, monopolios fiscales (correos y telégrafos), derechos consulares, patentes de comercio, impuestos sobre minas, contribuciones especiales.

        Posteriormente, entre 1917 a 1943, se aprueba otra ley de impuesto sobre la renta el 10 de julio de 1942, y en 1943, bajo la presidencia de Isaías Medina Angarita, entra en vigencia la ley de impuesto sobre la renta, donde se empieza a gravar las regalías petroleras de una forma más eficiente. Y una 4ta etapa se observa desde 1943 hasta 2016, etapa esta donde Venezuela empieza a recibir una renta por explotación petrolera enorme, proveniente de la nacionalización de la industria petrolera, periodo donde la reglamentación de las regalías, incrementan el ingreso a cifras nunca antes vistas en Venezuela.

        

        Ahora bien de manera específica en la presente investigación, estaré desarrollando los puntos relacionados con el impuesto sobre la renta específicamente las leyes de promulgadas en los años 1942-1943 y en el año 1966.

Ley de Impuesto Sobre la Renta del año1942 análisis, mixto que acoge esta ley. Sus modificaciones y motivos que justificaron su sustitución por la ley de 1966. Estructura de la ley de 1966; el impuesto al dividendo y otras instituciones. Razones que justificaron la reforma de la ley en 1978.

La primera Ley de Impuesto Sobre La Renta  (I.S.L.R.) fue promulgada  el 10 de julio del año 1942 y el General Isaías Medina Angarita le puso el ejecútese el 17 de julio para que entrara en vigencia  el 1 de enero de 1943, tuvo una vigencia de treinta y nueve años (39 años)

          Es de hacer notar que el presidente Medina Angarita en los primeros años de su gobierno, en el plano de lo económico recibe poderes plenipotenciarios de parte del congreso de la época, la materia económica, sin duda a la toma de poder del general Isaías Medina Angarita se encontraba en un momento de depresión, estimulada por dos factores primordiales. El primero de ellos remitido al contexto internacional presente en los años de posguerra, y el segundo, heredero de la desorganización regulativa y administrativa de esos asuntos al interior de los gobiernos anteriores, es por esta situación sumada a la falta de liquidez del país que en el año de 1942 el gobierno de Medina decide promulgar la ley de impuesto sobre la renta que venía a constituir una reforma fiscal bastante necesaria para la Venezuela en la década de los 30 y 40. Dicha Ley de Impuesto sobre la Renta (LISLR) contenía dos clases de tributos, siendo el primero uno basado en el sistema cedular, (es decir las tarifas se determinaban con base en los distintos tipos de actividad económica. Por ejemplo, los sueldos, pensiones y otras remuneraciones eran gravados a una tasa única de 1,5%, mientas que las rentas industriales, comerciales y mineras se gravaban a una de 2,5%. Todas las cédulas tenían su exención particular y el contribuyente con varios tipos de ingresos clasificados en cédulas diferentes podía beneficiarse de manera acumulativa de todas ellas. Tanto las personas naturales como las jurídicas tenían su clasificación)  y el segundo tributo era complementario y progresivo. La Venezuela de esa época fundamentalmente dependía de la renta petrolera y de la aplicación de impuestos indirectos, quienes evidentemente no medían la capacidad real contributiva de los sujetos de derecho.

Esto se unió a la promulgación de la Ley de Hidrocarburos de 1943 donde se toma ventaja relativa de la situación mundial (altamente agitada por los embates de la Segunda Guerra Mundial), cambiándose de manera significativa la relación entre las empresas operadoras y el Estado, en un gobierno que no logró llegar hasta su último día de mandato, como parte de la histórica y constante diatriba política del país.

Es oportuno recordar,  que a pesar de la concepción  totalitarista que el gobierno tenía para esa época, la promulgación de dicha ley significaba una más equitativa distribución de las cargas impositivas y una mayor modernización de este sector, dicha modernización debía pasar por una mayor articulación del sistema de recaudación de los impuestos, y la articulación se dio con la conformación de la secretaria de fomento como ente coordinador y ejecutor de las políticas fiscales que adelantaba el gobierno. Políticas que variarían según los ingresos empresariales y personales, en tal sentido la ley de reforma fiscal presentaba cierta flexibilidad amparada en una visión de justicia social que llegaría en la medida que se lograse la justicia económica.

La finalidad de dicha ley para aquella época era la de recuperar el aparato económico monetario, para realizar inversiones que permitiesen colocar y desarrollar un sistema económico interno con relativa fortaleza, esto consistía no en dadivas ni paternalismos, sino en una intervención estatal, que según los asesores del gobierno y el mismo Medina, más que una intervención debía constituirse en un acompañamiento técnico.  Este plan, derivado de la ley de impuesto sobre la renta, cambiaba el rostro a la gestión pública que se conocía en el país (de hecho este tipo de proyectos señalaban de comunista al presidente  Isaías Medina Angarita). Por otro lado,  la economía social es el concepto que comienza a operar al interior de la sociedad venezolana, por su parte la categoría de pueblo comenzaba a refinar su visión en virtud de que si bien el pueblo aun no participaba electoralmente, era considerado motor de generación de productividad económica. El pueblo estaba llamado según Medina a reconstruir la economía nacional. Esto era un cambio en la cultura ciudadana que se tenía para 1942.

Otro elemento a resaltar de la ley de impuesto sobre la renta de 1942, es el ordenamiento contable y administrativo que la aplicación de la misma generó en el país, una serie de elementos técnicos comenzaron a ser herramientas de la gestión gubernamental y empresarial, es decir, el gobierno estaba enterado mediante informes técnicos que las empresas debían entregar al fisco, de los movimientos mercantiles de las mismas, situación que conducía a un pago de tasas impositivas ajustadas a la realidad productiva y contable de las empresas.  Las sociedades estaban sujetas al mismo régimen impositivo. Sobre la suma de las rentas de todas las cédulas se aplicaba el llamado impuesto complementario progresivo, mediante una tarifa graduada y limitada que se inició con 2% sobre las rentas que excedían de Bs 8.000, hasta el 9½% sobre el excedente de Bs.2.000.000,00 La ley surgió en gran medida como una respuesta a la vulnerabilidad fiscal que puso en evidencia la segunda guerra mundial, cuando las entradas por concepto de derechos de importación comenzaron a disminuir y el gobierno se encontraba en una situación fiscal difícil, aunque no desesperada. En la medida que el comercio exterior era afectado y las importaciones disminuían, el mantenimiento del gasto público dependía del producto de la renta interna y eso explicaba el interés creciente por buscar fuentes más estables de financiamiento del fisco. Pero existía también una honda preocupación en los gestores del proyecto por la inequidad que producía la tributación indirecta. En la exposición de motivos, el proyecto enviado para aprobación del Congreso señalaba: Es necesario aumentar las entradas fiscales y, al mismo tiempo, hacer nuestro sistema tributario más elástico, más justo, más independiente de las crisis, es decir, más estable. Un sistema tributario que tenga estas características no puede estar compuesto tan solo de impuestos indirectos. El impuesto directo debe restablecer la equidad en los tributos, ser un verdadero impuesto compensador, es decir, capaz de remediar todas las faltas de equidad que puedan provenir de los impuestos indirectos. Estabilidad en los ingresos y compensación frente a la inequidad de los impuestos indirectos parecían entonces haber sido principios que condujeron a la formulación e instrumentación del impuesto sobre la renta. Sin embargo, no hay que perder de vista que una mayor carga relativa por la imposibilidad de aprovechar los beneficios que aliviaban las cargas de quienes tenían rentas provenientes de fuentes distintas al trabajo, generalmente los miembros más pudientes de la sociedad. Por otro lado, detrás de la aprobación de la ley de Impuesto Sobre la Renta, vino la presentación y aprobación de la ley de hidrocarburos.

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