El GATT
jluisvsamayoaInforme20 de Octubre de 2013
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El GATT
(Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio) es un acuerdo multilateral, creado en la Conferencia de La Habana, en 1947, firmado en 1948, por la necesidad de establecer un conjunto de normas comerciales y concesiones arancelarias.
Naturaleza
Al no ser el GATT una organización internacional en sentido estricto, no tenía Miembros sino «Partes contratantes», esto es, naciones que se adherían al Acuerdo General. Para ser parte contratante, un Estado tenía que presentar su candidatura y negociar concesiones relativas a derechos de aduana y acceso a mercados con los signatarios del Acuerdo General. Si llegaban a buen término, esas negociaciones concluían con una votación por la que las partes contratantes concedían ese estatuto. El GATT era, pues, una agrupación de Estados con diferentes obligaciones y derechos, según el respectivo grado de adhesión al Acuerdo General.
Objetivos
Los objetivos del GATT se enuncian con claridad: se trata de concluir acuerdos encaminados a obtener, a base de reciprocidad y de mutuas ventajas, la reducción de los aranceles aduaneros y otros obstáculos al comercio y eliminar todo trato discriminatorio en materia de comercio internacional.
Estructura del (GATT)
PARTE I
Artículo I - Trato general de la nación más favorecida
Artículo II - Listas de concesiones
PARTE II
Artículo III* - Trato nacional en materia de tributación y de reglamentación interiores
Artículo IV - Disposiciones especiales relativas a las películas cinematográficas
Artículo V - Libertad de tránsito
Artículo VI - Derechos antidumping y derechos compensatorios
Artículo VII - Valoración en aduana
Artículo VIII Derechos y formalidades referentes a la importación y a la exportación
Artículo IX - Marcas de origen
Artículo X - Publicación y aplicación de los reglamentos comerciales
Artículo XI - Eliminación general de las restricciones cuantitativas
Artículo XII - Restricciones para proteger la balanza de pagos
Artículo XIII - Aplicación no discriminatoria de las restricciones cuantitativas
Artículo XIV - Excepciones a la regla de no discriminación
Artículo XV - Disposiciones en materia de cambio
Artículo XVI- Subvenciones
Artículo XVII - Empresas comerciales del Estado
Artículo XVIII - Ayuda del Estado para favorecer el desarrollo económico
Artículos XIX - Medidas de urgencia sobre la importación de productos – determinados
Artículo XX - Excepciones generales
Artículo XXI - Excepciones relativas a la seguridad
Artículo XXII – Consultas
Artículo XXIII - Anulación o menoscabo
PARTE III
Artículo XXIV - Aplicación territorial - Tráfico fronterizo - Uniones aduaneras y zonas de libre comercio
Artículo XXV - Acción colectiva de las partes contratantes
Artículo XXVI - Aceptación, entrada en vigor y registro
Artículo XXVII - Suspensión o retiro de las concesiones
Artículo XXVIII* - Modificación de las listas
Artículo XXVIII bis - Negociaciones arancelarias
Artículo XXIX - Relación del presente Acuerdo con la Carta de La Habana
Artículo XXX – Enmiendas
Artículo XXXI – Denuncia
Artículo XXXII - Partes contratantes
Artículo XXXIII – Adhesión
Artículo XXXIV – Anexos
Artículo XXXV - No aplicación del Acuerdo entre partes contratantes
PARTE IV – Comercio y Desarrollo
Artículo XXXVI - Principios y objetivos
Artículo XXXVII – Compromisos
Artículo XXXVIII - Acción colectiva
ADHESIÓN DE MÉXICO AL GATT
En 1986 El gobierno del presidente Miguel de la Madrid estableció
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