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Estado. Concepto

josenomas11Apuntes25 de Septiembre de 2015

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Estado.

Concepto.

Suele definirse, como la organización jurídica  de la sociedad bajo el poder de dominación que se ejerce en un determinado territorio.

Elementos. 

  1. Población. Los hombres o individuos que pertenecen a un estado componen la población de éste.
  2. Territorio. Se puede definir como la porción de espacio en el que el estado ejercita su poder, para tales efectos se considera al suelo,  subsuelo, mares, ríos,  lagos, espacio aéreo,  etc.
  3. Poder.  En toda sociedad organizada a menester de una voluntad que la dirija, esta voluntad constituye el poder del grupo.

Así las funciones del estado consisten en satisfacer los fines complementarios de la población de las distintas comunidades que habitan el territorio, en lo que respecta a la libertad, igualdad y demás derechos humanos del hombre.

El poder político se manifiesta a través de una serie de normas y actividades normativamente reguladas en tanto que la población y el territorio constituyen los ámbitos personal y espacial de validez del orden jurídico.

Funciones del Estado.

Los fines del estado constituyen direcciones, metas, propósitos o tendencias de carácter general que se reconocen al estado para su justificación y se consagran en su legislación; en tanto que las funciones del estado, son los medios o formas diversas que adopta el derecho para realizar los fines del estado.

Derecho Privado.  Es la rama del derecho que se ocupa preferentemente de las relaciones entre particulares. También se rigen por el derecho privado las relaciones entre los particulares y el estado cuando éste actúa como particular, es decir, sin ejercer potestad pública alguna.

Derecho Público. Es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones entre las personas y entidades privadas con los órganos que ostentan el poder público cuando estos últimos actúan en ejercicio de sus legítimas potestades públicas y conforme al procedimiento legalmente establecido para ello, así mismo regula las relaciones de los órganos de la Administración Pública entre sí.

Bonnard, dice, que las funciones del estado son los medios que permiten al mismo cumplir sus atribuciones, esto es, el estado ejecuta ciertas acciones a efecto de cumplir sus fines.

La legislación positiva reconoce 3 actividades o funciones esenciales del estado, a saber:

  1. Función Legislativa. Es la función encaminada a establecer las normas jurídicas generales,  es decir, es una actividad creadora del derecho objetivo del estado subordinada al orden jurídico y consiste en expedir las normas que regulan la conducta de los individuos y la forma de organización social y política.

Es una actividad estatal que se realiza bajo el orden jurídico por medio de ella el estado dicta disposiciones generales encaminadas a la satisfacción del bien común.

Al poder legislativo le corresponde la función legislativa,  por excepción otras funciones,  por ejemplo, las cámaras nombran a su personal, lo que se traduce en un acto administrativo o por otra parte se erigen en gran jurado que es un acto de carácter jurisdiccional.

  1. Función Administrativa. Es la función encaminada a regular la --- completa y tutelar del estado bajo el orden jurídico a través del acto administrativo (éste emana de una autoridad, crea, modifica o extingue, etc.). Al poder ejecutivo corresponde la función administrativa y por excepción realiza otras funciones,  por ejemplo,  la facultad reglamentaria que es un acto de naturaleza legislativa, asimismo puede llevar a cabo actos jurisdiccionales al resolver controversias en materia fiscal, agraria, etc.
  2. Función Jurisdiccional. Es la actividad del estado encaminada a resolver controversias estatuir o declarar el derecho a través de una sentencia, es decir, resuelve los asuntos controvertidos que se suscitan por la aplicación de las leyes y su propósito es realizar la justicia en el marco que establece el orden jurídico.

La expresión jurisdicción proviene del latín “jurisdictio” que significa decir el derecho, por lo tanto, podemos afirmar que corresponde al poder judicial dicha función y se define como la acción jurídica encaminada a la declaración del derecho en atención de un caso determinado contencioso o no y con fuerza de cosa juzgada, por excepción le corresponde otras funciones por ejemplo,  el nombramiento de su personal que es un acto de carácter administrativo; la elaboración de jurisprudencia que es un acto de carácter legislativo.

Podemos concluir que el estado lleva a cabo la realización de sus fines por medio de las funciones las cuales se encomiendan a los poderes públicos.

División de Poderes.

En México actualmente dicha división de poderes se consagran en el Art. 49 de nuestra Carta Magna el cual establece lo siguiente:

Art. 49. El supremo poder de la federación se divide para su ejercicio en legislativo, ejecutivo y judicial.

No podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación,  ni depositarse el legislativo en un individuo, salvo el caso de facultades extraordinarias al ejecutivo de la unión, conforme a lo dispuesto en el Art. 29, en ningún otro caso, salvo lo dispuesto en el segundo párrafo del Art. 131, se otorgarán facultades extraordinarias para legislar.

Funciones del Poder Público.

Poder Legislativo Federal.

La función primordial de este poder es la de elaborar leyes o facultad legislativa, su fundamento constitucional lo encontramos en los artículos del 50 al 79 y sus órganos son: Congreso de la Unión,  cámara de diputados,  cámara de senadores,  comisión permanente y auditoria superior de la federación.

Se deposita en el CU dividido en dos cámaras, la de diputados y la de senadores.

El sistema bicamerista se originó en Inglaterra en el siglo XIV representando a dos grupos diferentes, por una parte a la nobleza y los grandes propietarios, quienes formaban la cámara de los lores y por la otra la representación del pueblo formaba la cámara de los comunes.

El bicamarismo se incluyó en el sistema norteamericano otorgándole un diverso sentido que en Inglaterra donde los diputados representaban al pueblo y los senadores a los estados. Nuestra constitución desde 1824 (Bases Constitucionales), adoptó el sistema de dos cámaras,  excepto en la de 1587, cuyo sistema unicameral, suprimió a la de senadores.

En nuestro sistema de división de poderes, se consagran las facultades de cada uno de ellos en forma exclusiva señalando además, la participación de los poderes en el ejercicio de algunos actos, esto, con el propósito de establecer frenos o límites para alguno de los poderes que pudiera actuar en perjuicio de la nación.

Poder Ejecutivo Federal.

Se deposita en un solo individuo, denominado presidente de los EUM, al cual compete la facultad administrativa, es electo por los ciudadanos mexicanos a través del voto directo cada 6 años, el principio de no reelección respecto del primer mandatario es absoluto, ya que quien haya ocupado el cargo aun cuando haya sido con el carácter de interino, provisional o sustituto, no podrá por ningún motivo, volver a desempeñar dicho puesto.

El ejecutivo federal, se auxiliará de los secretarios de estado para el mejor desempeño de sus funciones, los nombramientos serán hechos por el propio ejecutivo, los secretarios avalaran sus decisiones con sus firmas sin la cuales los reglamentos, acuerdos u órdenes, no podrán ser obedecidos. (Refrendo); el poder ejecutivo tiene su fundamento en los artículos 80 a 93 de la CPEUM.

Poder Judicial Federal.

Conforme al artículo 94 constitucional,  se deposita el ejercicio del poder judicial federal, en la SCJN, TRIFE, TCC, TUC y TD, su objeto es dirimir o resolver conflictos de su competencia entre los cuales se encuentra el control de la constitucionalidad a través del juicio de amparo cuyo fin primordial es mantener la supremacía de la constitución federal,  su fundamento lo encontramos en los artículos del 94 al 107 de la CPEUM.

Cometidos del Poder Público.

El poder público es el conjunto de los órganos en que se encuentra depositada la autoridad de los diferentes poderes del estado, es decir, todas aquellas instituciones, organismos y autoridades que ejecutan las facultades que a cada poder que conforma el estado le otorga la constitución federal.

Los cometidos del poder público pueden definirse como el o los actos que desarrollan las autoridades que conforman los poderes de la unión con el objeto de cumplir con los fines del estado, es decir, satisfacer las necesidades colectivas y con ello lograr el bien común.

Así tenemos 4 tipos de cometidos del poder público:

  1. Esenciales. Son aquellos que por su naturaleza solo el estado a través de sus órganos puede realizar, es decir, no participan los particulares,  por lo tanto, nos encontramos con la figura de la función pública y entre otros tenemos los siguientes ejemplos: defensa, seguridad interior,  hacienda pública, procuración de justicia,  administración de justicia, relaciones exteriores y seguridad pública.
  2. No esenciales. En este tipo de cometidos la naturaleza y finalidad son las satisfacciones de necesidades colectivas pero con la distinción de que en ellos pueden participar tanto los órganos del estado como los particulares indistintamente,  en el caso de la intervención de los particulares es por la vía de la concesión, algunos al respecto son: servicio de transporte, educación, salud, etc.
  3. De Asistencia y Seguridad Social. En el caso de los cometidos de carácter social, como son la salubridad, la asistencia y la seguridad social,  estos pueden ser: campañas de vacunación, la salubridad en lugares apartados de los centros urbanos, la salubridad en el caso de los niños abandonados o personas de la tercera edad, entre otros, lo que permite dentro de las posibilidades de la actividad del estado una vida digna de los gobernados. En esta clase de cometidos es susceptible que participen indistintamente los sectores públicos y los privados.
  4. Privados de la Administración Pública. Se denominan de tal forma porque benefician a un sector determinado de la población, por ejemplo, el servicio de agua potable, servicio de energía eléctrica, alcantarillado, mercados, rastros, etc., tales cometidos pueden ser cumplidos tanto por el estado como por los particulares vía concesión, salvo que la ley determine de manera expresa que deban ser prestados solo por el sector público.

El cometido financiero (actividad financiera del estado), y sus tres momentos: recaudación, administración y erogación.

Actualmente el estado realiza diversas actividades las cuales tienen como objetivo buscar el bien común para satisfacer necesidades sociales, entre las más importantes tenemos:

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