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FACULTAD DE HUMANIDADES CODIGO ETICO


Enviado por   •  27 de Septiembre de 2016  •  Apuntes  •  424 Palabras (2 Páginas)  •  194 Visitas

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UNIVERSIDAD YACAMBU

VICERRECTORADO ACADEMICO

FACULTAD DE HUMANIDADES

CODIGO ETICO

ALUMNA:

Arias Diliana HPS-153-00662

C.I 26300792

Barquisimeto, Octubre 2015.

Caso numero 1, Psicólogo con preferencia.

Los pacientes de la clínica Sagrada Corazón de Jesús ubicado en la ciudad de Mérida denuncian el mal trato de un reconocido psicólogo de la cuidad Dr. José Pérez; los cuales se quejan de que el doctor tiene preferencia con pacientes de piel clara y de estatus económico elevado, menos preciando de esta manera a pacientes de piel oscura y bajos recursos.

Incumpliendo de esta manera con lo que establece el artículo número 26 del código de ética profesional del psicólogo, el cual establece: ¨El Psicólogo debe prestar atención con igual grado de celo profesional a todos loa consultantes, sea cual sea su nacionalidad, raza, sexo, edad, credo religioso, ideas políticas o posición social¨.

Se incumple porque se limita a atender a solo personas de tez clara y de posición económica elevada, demostrando de esta manera su falta de ética profesional y que realmente no está comprometido a ayudar a todos aquellos que necesiten de sus servicios.

Lo que todo psicólogo debería hacer es servir a sus consultantes con eficacia, esmero, diligencia, con la mayor dignidad no importando cual fuere la condición del mismo.

Es de suma importancia respetar a cada uno de los pacientes, así estos piensen diferente, ya que todo psicólogo esta para ayudar y orientar a las personas en los problemas que presenten dudas.

Caso numero 2, Psicólogo exhibicionista.

Se encontraba Paula viendo uso videos en internet cuando se encuentra con la sorpresa de un psicólogo que grababa sus consultas sin autorización y haciendo uso de estas subiéndolas a páginas de internet, dándose cuenta que la persona que se encuentra en dicho video resulta ser un amigo cercano, decidiendo así colocar la denuncia a la clínica donde el Dr. Ejercía.

Este Dr. Está incumpliendo en el articulo numero 112 donde establece; Queda prohibida la exhibición pública de enfermos mentales o personas con deficiencias conductuales, ya sean niños, adolecentes o adultos que reciban asistencias psicologías transitorias o permanente, en instituciones públicas o privadas, a través

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