MInisterios De Guatemala
Freddylindo26 de Enero de 2012
738 Palabras (3 Páginas)1.131 Visitas
Ministerios de GT
MINISTERIOS DE GUATEMALA
El Consejo de Ministros es el órgano principal del Organismo Ejecutivo de la República de Guatemala, esta formado por Presidente de la República de Guatemala, Vicepresidente de la República de Guatemala, Ministros de Estado y los Viceministros de Estado, reunidos en sesión, el cual conoce de los asuntos sometidos a su consideración por el Presidente de la República, quien lo convoca y preside.
Los Ministros de Estado son responsables de sus actos, de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala y las leyes, aún en el caso de que obren por expresa orden del Presidente de la República. De las decisiones del Consejo de Ministros serán solidariamente responsables los ministros que hubieren concurrido, salvo aquellos que hayan hecho constar su voto adverso.
Ministerios de la República de Guatemala
Para el despacho de los negocios del Organismo Ejecutivo, habrá los Ministerios que la Ley establezca, con las atribuciones y la competencia que la misma les señale. Actualmente los Ministerios que conforman el Organismo Ejecutivo son:
Funciones del Ministro de Estado
Cada ministerio estará a cargo de un Ministro de Estado, quien tendrá las siguientes funciones:
a. Ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su ministerio;
b. Nombrar y remover a los funcionarios y empleados de su ramo, cuando le corresponda hacerlo conforme a la ley;
c. Refrendar los decretos, acuerdos y reglamentos dictados por el Presidente de la República, relacionados con su despacho para que tengan validez;
d. Presentar al Presidente de la República el plan de trabajo de su ramo y anualmente una memoria de las labores desarrolladas;
e. Presentar anualmente al Presidente de la República, en su oportunidad el proyecto de presupuesto de su ministerio;
f. Dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio;
g. Participar en las deliberaciones del Consejo de Ministros y suscribir los decretos y acuerdos que el mismo emita;
h. Concurrir al Congreso de la República y participar en los debates sobre negocios relacionados con su ramo; e
i. Velar por el estricto cumplimiento de las leyes, la probidad administrativa y la correcta inversión de los fondos públicos en los negocios confiados a su cargo.
Requisitos para el cargo de Ministro de Estado
Para ser Ministro de Estado se requiere:
a. Ser guatemalteco;
b. Hallarse en el goce de los derechos de ciudadanos; y
c. Ser mayor de treinta años.
Prohibiciones para el cargo de Ministros de Estado
No pueden ser ministros de Estado:
a. Los parientes del Presidente o del Vicepresidente de la República, así como los de otro ministro de Estado, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad;
b. Los que habiendo sido condenados en juicio de cuentas no hubieren solventado sus responsabilidades;
c. Los contratistas de obras o empresas que se costeen con fondos del Estado, de sus entidades descentralizadas, autónomas o semiautónomas o del municipio, sus fiadores y quienes tengan reclamaciones pendientes por dichos negocios;
d. Quienes representen o defiendan intereses de personas individuales o jurídicas que exploten servicios públicos; y
e. Los ministros de cualquier religión o culto.
En ningún caso pueden los ministros actuar como apoderados de personas individuales o jurídicas, ni gestionar en forma alguna negocios de particulares.
Consejo de Ministro: Viceministros de Estado
En cada Ministerio de Estado habrá un Viceministro. Para ser Viceministro se requieren las mismas calidades que para ser Ministro.
Para la creación de plazas adicionales de Viceministros será necesaria la opinión
...