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Mescyt

Mafer1508Informe11 de Septiembre de 2014

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El MESCyT, es el órgano del Poder Ejecutivo, en el ramo de la educación superior, la ciencia y la tecnología, encargado de fomentar, reglamentar y administrar el Sistema Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología. De acuerdo con sus atribuciones, vela por la ejecución de todas las disposiciones de la ley 139-01 y de las políticas emanadas del Poder

Ejecutivo.

La referida ley crea el Sistema Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, establece la normativa para su funcionamiento, los mecanismos que aseguren la calidad y la pertinencia de los servicios que presten las instituciones que lo conforman y sienta las bases jurídicas para el desarrollo científico y tecnológico nacional.

El Estado, a través de los organismos correspondientes, velará para que las instituciones de educación superior, ciencia y tecnología y sus actividades, respondan adecuadamente a las exigencias demandadas por los cambios en los contextos nacional e internacional, en materia de educación superior, ciencia y tecnología.

En la actualidad, el Despacho de Educación Superior, Ciencia y Tecnología está dirigido por la Dra. Ligia Amada Melo de Cardona.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Es el órgano del Poder Ejecutivo en el ramo de la educación superior, la ciencia y la tecnología, encargado de fomentar, reglamentar, asesorar y administrar el Sistema Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, velar por la ejecución de todas las disposiciones de la ley 139-01 y de las políticas emanadas del Poder Ejecutivo.

Es responsabilidad de este despacho la supervisión del sistema como un todo. Por ello, vigila el cumplimiento de las políticas, la evaluación de todos los órganos y la coordinación de sus labores. Con ese fin, se fundamenta en los viceministerios de Educación Superior y de Ciencia y Tecnología, en estudios de las dependencias y en las decisiones del Consejo Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología. Entre las funciones de este despacho, asistidas por el Consejo y las entidades técnicas, está velar por la calidad de la educación superior, el desarrollo de la investigación científica y tecnológica, la apertura o el cierre de instituciones pertenecientes al Sistema.

Para cumplir con su misión, el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología realizará, a través de sus organismos, las siguientes funciones:

a) Formulación de políticas públicas en las áreas de educación superior, ciencia y tecnología;

b) Planeación; c) Promoción;

a) Ejecutar la política nacional de educación superior, ciencia y tecnología;

b) Propiciar las buenas relaciones y actividades coordinadas de las instituciones del sistema entre sí, con el resto del sistema educativo, con el Estado, así como con otros organismos científicos, tecnológicos, culturales, empresariales y de la sociedad en general;

c) Asesorar al Poder Ejecutivo en materia de educación superior, ciencia y tecnología;

d) Evaluación, supervisión y ejecución.

FUNCIONES DEL MINISTRO

Según la ley 139-01, el Ministro de Educación Superior, Ciencia Y Tecnología tiene las siguientes funciones:

d) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones contenidas en la presente ley, así como las políticas, reglamentos y resoluciones que emanen del Consejo Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (CONESCT) y del Poder Ejecutivo;

e) Convocar y presidir las reuniones del CONESCT;

La Lic. Ligia Amada Melo de Cardona, actual Ministra de Educación Superior define su labor en los siguientes términos:

"En forma general, la misión del titular de este Ministerio es impulsar la política nacional

en educación superior y en ciencia y tecnología, que son dos campos inseparables, como lo establece la ley 139-01. Aunque

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