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Damian Dias

65468468416 de Junio de 2013

499 Palabras (2 Páginas)376 Visitas

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Las personas naturales podrán deducirse sus gastos personales, sin IVA ni ICE, así como los de su cónyuge e hijos menores de edad o con discapacidad, que no perciban ingresos gravados y que dependan del contribuyente.

No serán deducibles los costos o gastos que se respalden con comprobantes de venta no autorizados, conforme lo señala el Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios o que no se respalden en lo señalado en el artículo 34 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno. Con base a lo mencionado, no serán deducibles los costos o gastos que se respalden en comprobantes de venta emitidos en el exterior.

La deducción total por gastos personales no podrá superar el 50% del total de los ingresos gravados del contribuyente y en ningún caso será mayor al equivalente a 1.3 veces la fracción básica desgravada del Impuesto a la Renta de personas naturales.

Sin perjuicio de los límites señalados en el numeral anterior, la cuantía máxima de cada tipo de gasto no podrá exceder a la fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta en:

Vivienda: 0,325 veces

Educación: 0,325 veces

Alimentación: 0,325 veces

Vestimenta: 0,325 veces

Salud: 1,3 veces

A manera ilustrativa, algunos de los rubros que se pueden considerar por tipo de gasto de acuerdo a lo señalado en la resolución NAC-DGERCGC12-00006 son los siguientes:

VIVIENDA Adquisición

Construcción

Remodelación

Ampliación

Mejora

Mantenimiento

Arriendo

Pago concepto básico: Agua, gas, electricidad, teléfono convencional

Alícuotas de condominio

Nota: Los gastos destinados a este rubrocorresponden a un único bien inmueble

EDUCACIÓN Matrícula

Pensión

Derechos de grado

Útiles y textos escolares

Cuidado infantil

Uniformes

Transporte escolar

Equipos de computación

Material didáctico para estudio

Intereses créditos educativos otorgados por instituciones autorizadas

Nota: Los gastos destinados con la enseñanza que se recibe de una persona o instrucción por medio de la acción docente.

SALUD Pago de honorarios médicos

Pago de honorarios de profesionales de la salud

Servicio de salud brindado por Hospitales, Clínicas y laboratorios debidamente autorizados.

Medicina prepagada

Prima seguro médico

Deducibles de seguros médicos

Medicamentos

Insumos médicos

Lentes y prótesis

Otros accesorios para la salud

Nota: Incluye los gastos relacionados para el bienestar físico y mental

ALIMENTACIÓN

Productos naturales

Productos artificiales

Compra de alimentos en centros de expendio de alimentos preparados

Pensiones alimenticias

Nota: Incluye los gastos relacionados que el ser humano ingiere para subsistir o para su nutrición

La información del anexo de Gastos Personales se entregará de acuerdo al formato previsto por el Servicio de Rentas Internas, el mismo que se encuentra disponible de forma gratuita en las oficinas del SRI o en el Portal de Servicios en Línea. La presentación de gastos personales correspondiente al ejercicio fiscal del año 2012, deberá presentarse en el mes de febrero de 2013, según el siguiente calendario en consideración al noveno dígito de su cédula o RUC:

Noveno Dígito del RUC o Cédula Fecha máxima de entrega

1 10 de febrero

2 12 de febrero

3 14 de febrero

4 16 de febrero

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