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El Arbol


Enviado por   •  9 de Junio de 2014  •  Tesis  •  789 Palabras (4 Páginas)  •  172 Visitas

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Introducción

En el derecho real a la propiedad, diremos que esta se manifiesta en el poder jurídico que una persona ejerce en forma directa e inmediata sobre una cosa para aprovecharla totalmente en sentido jurídico, siendo oponible este poder a un sujeto pasivo universal, por virtud de una relación que se origina entre el titular y dicho sujeto.

El código civil establece que la propiedad es el poder jurídico que permite usar, disfrutar, disponer y reivindicar un bien. Debe ejercerse en armonía con el interés social y dentro de los límites de la ley.

La propiedad desde que existe como tal se ha tratado de explicar y en el presente trabajo delimitaremos conceptos específicos relacionados a la propiedad; tales como la extinción, protección, y otras formas especiales de la propiedad.

La función social de la propiedad. El principio que establece la función social de la propiedad figuraba en la Constitución de 1949. En la doctrina de entonces, la función social de la propiedad está estrechamente ligada a la justicia social, que “es la virtud que requiere del propietario la gestión y el uso correcto de sus bienes. (…) Es el fiel que balancea el uso personal de la propiedad con las exigencias del bien común” (del discurso del convencional constituyente Arturo Sampay, en la sesión del 8 de marzo de 1949). La Constitución de 1949 fue derogada por un bando militar en 1956, pero la Constitución de 1994 reincorpora ese espíritu a través de la inclusión con jerarquía constitucional de la Convención Americana de Derechos Humanos (de noviembre de 1969), que determina que “toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes. La ley puede subordinar tal uso y goce al interés social” (art. 21).

Esta cláusula fundamental está incorporada al proyecto de Código Civil presentado al Congreso, que dispone que “la propiedad tiene una función social y, en consecuencia, está sometida a las obligaciones que establece la ley con fines de bien común” (art. 15).

A nuestro juicio, este es el fundamento del nuevo código en materia de derecho de propiedad, que a su vez sirve de base para interpretar las cláusulas económicas. En todo proceso histórico de reformas profundas, varían las instituciones jurídicas, en especial las referidas a la familia y a la propiedad; más aún si se producen en épocas de cambios sociales y tecnológicos importantes. Esta definición de función social de la propiedad se inspira en una necesidad humana que trasciende las posiciones partidarias e incluso los enfrentamientos filosóficos, y fue sustentada tanto por las corrientes socialdemócratas laicas como la doctrina social de la Iglesia.

En esa perspectiva, la propiedad pública y la regulación de la propiedad privada constituyen objetivos históricos de todos

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