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Levantamiento Parcelario


Enviado por   •  9 de Diciembre de 2012  •  Informes  •  1.297 Palabras (6 Páginas)  •  1.451 Visitas

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Levantamiento Parcelario: Es una actividad catastral que se inicia una

vez elaborada la sectorización y el manzaneo, tiene como finalidad asignarle un número a cada parcela o lote. La asignación de código de cada parcela se inicia con la ubicada en la esquina noroeste de cada manzana, a la que le corresponde el número 001 y posteriormente siguiendo la secuencia con la misma trayectoria de las agujas del reloj, se le asigna el código hasta cubrir toda la manzana.

Sectorización Catastral: Los sectores catastrales están definidos por un conjunto de manzanas, que a su vez están conformadas por lotes o parcelas, con características geométricas y de uso; que por lo general conlleva a una diferenciación de áreas homogéneas, se consideran adicionalmente criterios relacionados con las características propias de cada sector y del emplazamiento de la ciudad.

Previo al proceso de levantamiento parcelario, debe realizarse algunas

actividades necesarias para optimizar el trabajo de campo y facilitar la ubicación espacial de los inmuebles involucrados en el levantamiento. Dichas actividades se describen en los puntos subsiguientes:

SECTORIZACIÓN Y CODIFICACIÓN:

a) Sectorización: Consiste en una serie de actividades que permiten dividir los ámbitos urbano y rural de cada parroquia en áreas menores, para tener un mejor manejo de la información territorial generada en el proceso catastral. Se requiere de diversos insumos que permitan planificar en oficina las actividades a ser realizadas para sectorizar el ámbito respectivo. Para ello se debe recopilar, evaluar, y seleccionar la documentación bibliográfica, cartográfica, técnica, jurídica y estadística del municipio.

a.1) Enumeración de sectores y manzanas: En el ámbito urbano, se inicia la sectorización por el casco central, al cual se asigna el número 001 y luego se continúa en sentido de las agujas del reloj, y en forma de espiral, hasta cubrir la totalidad del área enmarcada en la poligonal. Para el caso de los sectores ubicados en el ámbito rural, tomando como base el criterio de vecino más cercano, se comenzará la numeración secuencial asignando el 001 al sector

ubicado en el extremo noroeste.

b) Codificación: El Sistema de Codificación Catastral, será empleado

oficialmente para la identificación de cada inmueble en el proceso de formación y conservación catastral a ejecutarse en los municipios.

El Sistema de Codificación Catastral, conjuntamente con la Ficha Catastral, constituyen los instrumentos básicos del proceso de formación y conservación del catastro, ya que sirve de soporte fundamental normalizador del Sistema Nacional de Catastro.

El desarrollo de la estructura del Sistema de Codificación Catastral tiene como marco la ubicación espacial de los inmuebles dentro de la división político administrativa del país; y se fundamenta en la conveniencia de mantener la vinculación del catastro con otros sistemas de codificación e información, así como bases de datos administrados por otros entes públicos y privados.

Con el propósito de establecer un sistema único de codificación catastral, el Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar (IGVSB), diseñó un Código que facilita la ubicación geográfica, identificación y sistematización de la información de cada inmueble, por medio de la asignación de un conjunto de dígitos que lo individualizan en el espacio geográfico nacional.

Se entenderá por Código Catastral a la combinación de números y letras que de manera oficial, exclusiva e inequívoca identificará a un inmueble cualquiera, en el territorio nacional; teniendo como marco su ubicación espacial dentro de la división político administrativa del país.

Procedimiento para el Levantamiento Parcelario en el Ámbito Urbano

1) Se debe notificar, con al menos tres días hábiles de anticipación, a propietarios y ocupantes de los inmuebles, así como a los funcionarios responsables de la administración de inmuebles del Estado ubicados en el sector, indicándoles que deben presentar originales y copias de los documentos contentivos de los derechos de propiedad o tenencia (título supletorio, título de propiedad, etc.) invocados, así como del plano de mensura del inmueble objeto del levantamiento.

2) El levantamiento catastral debe iniciarse por el sector o sectores que se consideren prioritarios para el municipio.

3) Es necesario disponer de un plano de cada sector catastral definido

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