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Enviado por   •  26 de Noviembre de 2012  •  1.939 Palabras (8 Páginas)  •  630 Visitas

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COMO ACCEDER A LOS SERVICIOS DE SALUD EN TU IPS

*MECANISMOS DE ACCESO A LOS SERVICIOS DE SALUD.

El acceso al servicio será por el primer nivel de atención o por el servicio de urgencias.

Para los niveles subsiguientes, el afiliado deberá ser remitido por un profesional en medicina general de acuerdo a las normas definidas para los casos de subsidio a la demanda (POSS) o subsidio a la oferta (POSS).

Los niñas y niñas que requieran el servicio de pediatría, las gestantes y posparto y de los pacientes hipertensos y diabéticos que ameriten atención especializada pueden acceder directamente a estos servicios sin requerir remisión del primer nivel de atención.

*ACCESO A LOS SERVICIOS DE I NIVEL DE ATENCIÓN

El acceso a las consultas de medicina general, odontología general y a los programas de promoción y prevención se hace directamente en la IPS asignada con la presentación del documento de identidad y del carnet (en caso que lo porte).

Para acceder a las pruebas de laboratorio clínico, radiología y ecografías de I nivel, solo se requiere presentar la orden médica, el documento de identidad y el carnet (en caso que lo porte) directamente en la IPS asignada.

El servicio de urgencia (para todos los niveles de atención) no requiere autorización previa por la EPSS ni cancelación de copago, debe ser prestado por cualquier IPS del país, sea pública o privada y tenga o no contrato con Mutual SER EPS-S. Solo se requiere la presentación del de identidad y del carnet (en caso que lo porte).

A la hospitalización en el I nivel se accede a través de la urgencia o la consulta externa.

Para acceder a los medicamentos ordenados en el I nivel, solo se requiere presentar la fórmula médica, el documento de identidad y el carnet (en caso que lo porte) directamente en la droguería o farmacia asignada.

*ACCESO A LOS SERVICIOS DE II y III NIVEL DE ATENCIÓN INCLUIDOS EN EL POSS

Para acceder a la prestación de servicios electivos como consultas ambulatorias por especialistas, a los exámenes de laboratorio clínico, rayos x, ecografías y otras imágenes diagnósticas, terapias física y de rehabilitación, cirugías programadas y tratamientos intra-hospitalarios programados, se requiere de la solicitud de parte del prestador, la cual puede ser entregada al afiliado o familiar o enviada a la EPSS.

Los afiliados o familiares, pueden tramitar la solicitud de la autorización del servicio en las oficinas de atención al usuario del municipio de residencia, el cual funciona durante los días hábiles. Para esto deben presentar la remisión u orden médica, el documento de identidad y el carnet. Allí se acuerda la IPS que le brindará el servicio, le entregan la autorización del servicio y le orientan como acceder al mismo.

Para el suministro de medicamentos ordenados en estos niveles de atención para los servicios POSS, se tramita ante la oficina de atención al usuario de su municipio de residencia o del municipio de ubicación del prestador, donde se le entrega la autorización del servicio y se orienta hacia el proveedor que le suministrará los medicamentos.

Para acceder a los servicios posterior a la atención inicial de urgencias como la hospitalización no programada (incluido el ingreso a unidad de cuidados intensivos) y cirugías, si el prestador cuenta con el servicio POSS, tramita la solicitud ante la línea permanente de atención de la EPSS, quien autoriza la prestación.

Si el prestador que recibió al paciente por urgencias no cuenta con el servicio, coordina la referencia del paciente a otro prestador de la EPSS que cuenta con dicho servicio. Esta coordinación se hace a través de la línea permanente de atención al usuario 01800 116882.

Cuando el afiliado se encuentre en una región donde no opere la EPSS, no tenga Red de servicios contratada, y requiera de un servicio de salud:

1. Si se trata de una urgencia, puede acudir a cualquiera de las IPS de la región donde lo atenderán sin exigirle autorización ni pago, con la presentación del documento de identidad y el carnet.

2. Si no es una urgencia, el afiliado o la IPS debe solicitar la autorización del servicio a Mutual SER EPS-S, a través de la línea 018000116882 desde un teléfono fijo, o a los teléfonos de la oficina de atención al usuario del municipio de origen del afiliado.

*ACCESO A LOS SERVICIOS Y MEDICAMENTOS NO INCLUIDOS EN EL POSS

Los entes territoriales departamentales y Distritales deben garantizar y financiar la prestación de los servicios y medicamentos NO POSS y para tal fin deben organizar una red prestadora y darla a conocer a las EPSS.

*ATENCION DE EVENTOS NO INCLUIDOS EN EL PLAN OBLIGATORIO DE SALUD DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO – NO POS-S:

Cuando un afiliado al Régimen Subsidiado requiera la atención de un evento no incluido en el plan obligatorio de salud del Régimen Subsidiado, se deberá proceder de la siguiente manera:

1. Por parte de la institución prestadora de servicios de salud que lo esté atendiendo:

Si la institución prestadora de servicios de salud (IPS) cuenta con el servicio requerido y el mismo está incluido en el contrato con la dirección de salud departamental o municipal en municipios certificados en salud, ésta deberá brindar la atención en los términos del contrato celebrado.

Si se trata de servicios posteriores a la atención inicial de urgencias y la institución prestadora de servicios de salud no tiene contrato con la dirección de salud departamental o municipal en municipios certificados en salud o el servicio requerido no está habilitado, la institución prestadora de servicios de salud (IPS) diligenciará la solicitud de autorización de servicios, remitiéndola directamente a la dirección de salud departamental o municipal, quién emitirá la autorización correspondiente para la atención solicitada en el prestador que esta dirección de salud defina.

2. En el caso de servicios electivos tanto ambulatorios como hospitalarios y la IPS no tenga contrato con el ente territorial, el afiliado o familiar debe tramitar la solicitud de la autorización ante este, quien debe emitir

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